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domingo, 1 de marzo de 2015

VALUACIONES IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES 2014. RG (AFIP) 3741/15

Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a los efectos de la determinación del tributo y la confección de las respectivas DJ deberán considerar las valuaciones que se establece para los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), las cotizaciones al 31 de diciembre de 2014, de las monedas extranjeras y de los títulos valores y sus cupones impagos, así como las correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
Puede descargar el total de las tablas de valuaciones en pdf desde ACA.
Los archivos permiten la busqueda por nombre, modelo, etc.

viernes, 8 de marzo de 2013

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Valuaciones computables e informaciones complementarias para el 2012. RG (AFIP) 3446/2013

Se publico hoy en el Boletín Oficial las valuaciones para poder liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales del año 2012.


La RG (AFIP) 3446/2013 contiene en sus anexos:

I - Valor de los automotores, motocicletas y motos (motovehículos).
II - Valor de cotización de las monedas extranjeras.
III - Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
IV - Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
V - Detalle de entidades financieras

Pueden bajarla desde ACA.

miércoles, 2 de enero de 2013

Acciones y Participaciones Societarias Versión 3.0. RG (AFIP) 3423


El aplicativo permite cumplir con la RG (AFIP) 1569 Impuesto sobre los Bienes Personales para las Sociedades regidas por la Ley 19.500 y exteriorizar:

- Si se trata de establecimientos estables cuya titularidad pertenezca a sociedades extranjeras,
- Si se han efectuado pagos a cuenta, que generen saldo a favor del contribuyente,
- Si existen fracciones de acciones o participaciones,
- Se detallen al nivel accionista o socio, montos destinados a aportes irrevocables de capital.
- Si desconoce al titular de las acciones acceda a la Ayuda del Aplicativo.
Novedades:
a) En las tablas de Personas Jurídicas, la figura de "Fideicomiso no Financiero"
b) La figura del "Fiduciario" como responsable de los bienes de los Fideicomisos.
c) La pestaña que permite la carga del detalle de los bienes Fideicomitidos y del destino de estos.
d) De tratarse de fideicomisos no financieros, para la confección de declaración jurada 899/A, el fiduciario deberá:
1.- Cubrir cada uno de los campos identificados en las respectivas pantalla, considerando la información solicitada relacionada con los bienes en fiducia.
2.- Generar una declaración jurada por cada fideicomiso que representa, asignando a cada uno un número de establecimiento - que se consignará en el campo respectivo de la declaración jurada - cuyos valores serán de 01 a 99, en forma correlativa y progresiva.
e) Los saldos resultantes del impuesto, se ingresarán considerando el número de establecimiento consignado en la declaración jurada por la que se efectúa el pago, debiendo indicar el mismo en el campo "Establecimiento" del volante electrónico de pago (VEP) o F. 799.
Pueden bajarlo desde ACA.

martes, 13 de marzo de 2012

Bienes Personales. Valuacion de bienes e información complementaria para el 2011. RG (AFIP) 3280/12

Los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los bienes personales, para establecer el valor mínimo de los automotores, motocicletas y motos, correspondiente al año fiscal 2011, deberán considerar los valores consignados en el Anexo I de la RG (AFIP) 3280/12.
Asimismo, se informan:
- Anexos II y III, respectivamente, las cotizaciones al 31 de diciembre de 2011, de las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
- Anexos IV y V, respectivamente, los detalles del formato de catastro correspondientes a las distintas jurisdicciones del país y las denominaciones de las entidades financieras con sus respectivas CUIT.
Pueden bajar los anexos en pdf desde ACA.

jueves, 3 de marzo de 2011

BIENES PERSONALES Valuaciones para el año 2010. RG (AFIP) 3050/2011.

Los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los bienes personales, para establecer el valor mínimo de los automotores, motocicletas y motos (motovehículos), correspondiente al año fiscal 2010, deberán considerar los valores consignados en el Anexo I de esta RG.
Se informan además, mediante los Anexos II y III, respectivamente, las cotizaciones al 31 de diciembre de 2010, de las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
También se informan en los Anexos IV y V, respectivamente, los detalles del formato de catastro correspondientes a las distintas jurisdicciones del país y las denominaciones de las entidades financieras con sus respectivas Claves Únicas de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Pueden bajar los anexos de la RG (AFIP) 3050 desde este link ANEXOS RG (AFIP) 3050