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miércoles, 22 de octubre de 2014

A PARTIR DE NOVIEMBRE SE COMENZARAN A LIQUIDAR LAS DJ DE CONVENIO MULTILATAREL A TRAVES DEL SERVICIO “SIFERE WEB MODULO DDJJ”. RG (COMARB) 11/2014



El modulo SIFERE WEB DDJJ será implementado a partir del 1 de Noviembre de 2014 y va a incorporar contribuyentes de forma gradual y progresiva, a través de notificaciones realizadas por Comisión Arbitral.
El mismo permitirá a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen de Convenio Multilateral confeccionar, presentar y abonar sus declaraciones juradas mensuales y anuales del Impuesto. Asimismo dentro de las funcionalidades de este módulo, se dispone la posibilidad de confeccionar Volantes de Pago para la liquidación de Intereses, Recargos, Multas y Planes de Regularización en los casos en que las autoridades provinciales lo autoricen en sus respectivas normativas.
El Sistema SIFERE WEB implica la integración de la información de todos los Sistemas existentes en Comisión Arbitral con el uso de un navegador en Internet, incorporando además controles en el ingreso de datos. Comprende 2 módulos:
Módulo DDJJ:
Generación de DDJJ Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05), para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral.
Este módulo será implementado a partir del 1 de Noviembre de 2014, a través de la RG N° 11/2014.
El ingreso se realiza con la autenticación de clave fiscal de AFIP y el servicio “Convenio Multilateral – SIFERE WEB – DDJJ”.
Módulo Consultas:
Consultas sobre DDJJ Mensuales y Anuales presentadas, los pagos mensuales realizados, y detalle de las Retenciones y Percepciones sufridas. Este Sistema fue implementado a partir del 1 de Noviembre de 2012, a través de la RG N° 6/2012. El ingreso se realiza con la autenticación de clave fiscal de AFIP y el servicio “Convenio Multilateral – SIFERE WEB – Consultas.”

viernes, 3 de octubre de 2014

TUCUMAN SIAPRE Versión.4.0 Reléase 1. Presentación DJ IB y Convenio Multilateral. Resolución (DGR) 66/2014.



A partir de las presentaciones realizadas desde el 1 de octubre es obligatoria la utilización del Reléase 1 del aplicativo.

Este aplicativo tenia varios problemas, esperemos que los hayan solucionado con este Reléase 1.


Pueden descargarlo desde ACA.

martes, 29 de abril de 2014

Baja del Convenio Multilateral. Trámite de cese de actividades con Jurisdicción sede en CABA.



Se modifico la modalidad en la tramitación de los “ceses” de los contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral con Jurisdicción sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  El trámite dejo de ser presencial y por lo tanto no será necesario presentar formulario o documentación alguna ante la Dirección General de Rentas de la CABA.
Los trámites de ceses deberán realizarse por el sistema Padrón Web y serán confirmados automáticamente en el plazo de 72 hs.
Si cumplido dicho plazo el trámite no fue confirmado, se deberá verificar si se encuentran presentadas y/o canceladas la totalidad de las obligaciones correspondientes a períodos no prescriptos, incluida la correspondiente al mes de la fecha de baja.
Ante consultas vinculadas a la cuenta corriente del contribuyente, AGIP pone a disposición el siguiente correo electrónico controlfiscalcese@agip.gov.ar
Recuerden que:
Si el contribuyente deja de facturar y realiza la Baja ante la AFIP, deberá realizar el Cese de actividades en Ingresos Brutos. La denuncia de Cese de actividades, deberá formalizarse dentro del término de 15 días de producido el hecho. Si la denuncia del mismo no se produce en el plazo previsto, se presume que el responsable continua en el ejercicio de su actividad.

martes, 21 de enero de 2014

Modificaciones para la Jurisdicción Tucumán en el Convenio Multilateral.



La Dirección de Rentas de Tucumán, a través de las RG 82/13, 83/13 y 84/13, dispuso que a partir del periodo fiscal 2014 los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, excepto los encuadrados en su artículo 8 (Entidades Financieras), deberán liquidar y determinar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y sus respectivos anticipos correspondientes a la jurisdicción de Tucumán, mediante la utilización del aplicativo local denominado SiAPre.
La decisión radica en la falta de adecuación del SIFERE a lo dispuesto por la jurisdicción de Tucumán sobre el nuevo régimen de anticipos establecido por la RG (DGR) 140/12 y su complementaria RG (DGR) 141/12.
Por este motivo se estableció que el formulario CM03, pasa a revestir el carácter de declaración jurada mensual "informativa" para la jurisdicción de Tucumán, debiendo utilizarse el mismo a los fines del pago de los anticipos correspondientes a esta jurisdicción conforme al mecanismo de pago implementado por la RG (CA) 9/05.
Para la generación y presentación del formulario CM 03, se deberán importar los datos del programa aplicativo "local" al programa aplicativo SIFERE a través del botón "Importar Datos" desarrollado por la Comisión Arbitral dentro de dicho Sistema.
El citado programa aplicativo podrá ser transferido de la página Web de la Dirección General de Rentas www.rentastucuman.gob.ar.
Pueden descargar el aplicativo local SiAPre desde ACA.

lunes, 21 de octubre de 2013

CORDOBA DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO OBLIGATORIO VENCIMIENTO 31-10-2013



Rentas de la Provincia de Córdoba estableció la obligatoriedad por parte de los contribuyentes, de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) al momento de operar mediante el Portal Rentas Virtual con Clave Fiscal.

miércoles, 24 de julio de 2013

SIFERE NUEVA VERSION 3.0 USO OBLIGATORIO A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO RESOLUCION (CA) 07/2013.





A partir del 1 de agosto 2013 para todas las presentaciones y pagos de las DJ mensuales (CM03 y CM04) y anuales (CM05) que se presenten será obligatorio la utilización de la versión 3.0.
Pueden descargarla desde ACA en cualquier lugar de su PC, descomprímanlo en ese mismo lugar (se va a crear una carpeta con el mismo nombre) y luego hagan doble click sobre el archivo "Setup.exe" para iniciar la instalación.

La única novedad que encontré en el aplicativo es para provincia de Buenos Aires donde ajustaron la carga de retenciones y percepciones según R. (ARBA) 55/12 por la cual "Al vencimiento de la obligación fiscal podrán computarse, a cuenta de la misma, aquellas retenciones o percepciones sufridas en los dos (2) meses anteriores, y hasta el último día del mes anterior al del citado vencimiento".

Importante: ¿Cómo instalar las nuevas versiones en forma segura?
1º Ir al Disco C, Archivos de Programa, SIAP, AFIP, y entrar en la carpeta del aplicativo que se va a actualizar.
2º Con el botón derecho del mouse, hacer clic en Copiar en el archivo “.mdb “.
3º Ir a Mis Documentos (o seleccione un lugar de uso frecuente), hacer clic en Edición, y luego en Pegar.
Con estos 3 pasos guardo una copia de la base de datos del aplicativo. Así que ante cualquier problema que pudiera llegar a tener la nueva versión (Ej. Borrar los datos de períodos anteriores) ya tenemos una copia de respaldo.
4º Instalar el nuevo Aplicativo.
5º En caso de que haya borrado información, volver a copiar el archivo “.mdb” dentro del Disco C, Archivos de Programa, SIAP, AFIP y en la carpeta del aplicativo actualizado.

 
La buena noticia es que el Importador para SIFERE sigue funcionando perfectamente.
Para los que no lo tengan pueden bajarlo desde ACA. Recuerden saltar la publicidad en el margen superior derecho.

viernes, 5 de julio de 2013

Convenio Multilateral. Nuevos obligados a utilizar el sistema de pago on-line. Resolución General (CA) 5/2013.

Se modifica el Art. 3 de la RG 84/02 de la Comisión Arbitral, previéndose que integrarán el universo de responsables de SIRCAR aquellos contribuyentes que sean notificados por la Comisión Arbitral, en cumplimiento de las normas locales dictadas a estos efectos así como de la RG 77/01 de la Comisión Arbitral.

Los agentes de retención y/o percepción que deban efectuar presentaciones y/o pagos a jurisdicciones no adheridas al SIRCAR (Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Mendoza), continuarán observando las normas vigentes en esos fiscos.
El listado de las jurisdicciones adheridas son: CATAMARCA, CORRIENTES, CHACO, CHUBUT, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SALTA, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO, TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, TUCUMAN.

Por otra parte la Resolución General (CA) 6/2013 establece para aquellos sujetos que deban declarar montos superiores a 9.999.999.999,99 un mecanismo excepcional en alguno de los campos del ítem “Resumen Anual del Período Fiscal” del formulario CM05 del aplicativo SIFERE, allí deberán insertar en la totalidad de los campos de ese ítem (no solo los que exceden ese tope) los valores en miles de pesos.
Los contribuyentes que cumplimenten sus CM05 utilizando el mecanismo establecido en la presente resolución deberán informarlo por escrito a la Comisión Arbitral.







martes, 6 de noviembre de 2012

¿Cómo consultar los pagos y otros datos de Convenio Multilateral online? Nueva Herramienta SIFERE WEB CONSULTAS. RG (CA) 6/2012.


Se creo el Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB, que permite a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, consultar la siguiente información:

1. PADRON WEB: Donde se pueden consultar la inscripción actual y los distintos trámites realizados de modificación de datos, incluso informa aquellos que a la fecha no están finalizados.
2. SIFERE: Permite ver las DJ presentadas, los pagos o las DJ y los pagos, inclusive informa si los saldos de las DJ son a favor del contribuyente o del fisco y también exportarlo a un Excel.
3. DEDUCCIONES: Se pueden consultas las deducciones del SIRCREB, SIRCAR y SIRPEI.

La única información nueva que brinda esta herramienta es el detalle de los pagos de las DJ y la opción de exportarla a Excel. Cabe resaltar que todos los datos disponibles son de carácter informativo y responden a lo declarado por los mismos, como así también por los agentes de recaudación.

¿Como accedo al sistema?
1º Ingresar a la pagina de la AFIP con CUIT y Clave Fiscal
2º Ir a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” y seleccionar la nueva relación “Convenio Multilateral - SIFERE WEB - Consultas”.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Los deudores incobrables no resultan computables para la confección del coeficiente de gastos. Resolución General (CA) 5/2012.

Si bien ya en la Resolución (CP) 6/2007 se debatía si los deudores incobrables incluidos en el Cuadro de Gastos del Balance de la empresa debían ser considerados como gastos a efectos del armado del coeficiente respectivo.

En el mismo mientras la empresa sostenía que tales conceptos resultaban computables para el armado del coeficiente, la Comisión Arbitral sostuvo lo contrario en la Resolución 21/2006, al entender que el concepto “Deudores incobrables” “…no configura una erogación, requisito casi indispensable del gasto, sino más bien es una negación del ingreso, siendo a su vez no representativo del desarrollo de la actividad del contribuyente, motivo por el cual no debería ser considerado como un concepto a contemplar a los fines de la confección del coeficiente de gastos…”.
En esa Resolución la Comisión Plenaria confirmó el criterio esgrimido por la Comisión Arbitral en cuanto a la no consideración de los deudores incobrables como gastos para el armado del coeficiente de gastos.
Ahora mediante la RG (CA) se interpreta, con alcance general, que el concepto “Deudores Incobrables” no resulta computable para la confección del coeficiente de gastos.
Ello por cuanto se considera "Que dicho concepto no configura una efectiva erogación para la realización de los negocios empresariales, ni es representativo del desarrollo de la actividad del contribuyente”

martes, 26 de junio de 2012

CONVENIO MULTILATERAL CM 05 VENCE LA PRESENTACION DE LA DJ ANUAL.


El próximo 29 de junio vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Convenio Multilateral (aunque los nuevos coeficientes se aplican ya desde el devengado abril). Según RG (CA) 6/11 Por si hay alguien que todavía no los haya calculado recuerde que pueden utilizar este Excel para el cálculo de los mismos http://contadoresenred.blogspot.com.ar/2010/05/excel-para-el-calculo-de-los.html
Para aquellos que tienen jurisdicción sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, recuerden que además de la presentación por Internet deberán presentar una certificación. Pueden bajar el modelo de Certificación desde ACA.
Pasos a seguir para la certificación:
1. Llevar 1 copia del formulario CM05 y la certificación al CPCECABA, Dirección: Viamonte 1549, CABA. Horario 9 a 18 hs. Costo de la legalización $ 90.
2. Una vez legalizado presentar en rentas las 2 copias del CM 05 y la certificación profesional. Rentas devuelve una copia sellada del CM05. Dirección: Uruguay 740, CABA. Horario de 9:30 a 15 hs.

miércoles, 13 de junio de 2012

CONVENIO MULTILATERAL TRAMITES Y DESCARGOS EN OTRAS JURISDICCIONES. CASAS DE LAS PROVINCIAS EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.


Los contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral que tengan actividad en jurisdicciones, se han encontrado alguna vez con la necesidad de presentar algún descargo o realizar algún trámite en jurisdicciones muy alejadas de su sede administrativa (Ejemplo reciente de esto es la obligación que impuso Salta). Para estos casos la solución (para aquellos cuya sede esta en CABA o Buenos Aires) es presentarse en la casa de la provincia de esa jurisdicción. Les dejo a continuación un listado con la dirección y teléfono de las casas de las provincias en la Ciudad de Buenos Aires.

Y a los colegas del interior les consulto ¿Existe en sus provincias esta posibilidad?

1. Casa de la Provincia de Buenos Aires http://www.casaprov.gba.gov.ar/
Callao 235 / 237 - Tel. (011) 4371 - 7045/47
2. Casa de la Provincia de Catamarca
Córdoba 2080 - Tel. (011) 4374 - 6891
3. Casa de la Provincia del Chaco
Callao 333 4° - Tel. (011) 4372 - 0961
4. Casa de la Provincia de Chubut www.chubut.gov.ar/casa/
Sarmiento 1172 - Tel. (011) 4382 - 2009
5. Casa de la Provincia de Córdoba
Callao 332 - Tel. (011) 4371 - 1668
6. Casa de la Provincia de Corrientes
San Martín 333 4° - Tel. (011) 4394 - 7390
7. Casa de la Provincia de Entre Ríos http://www.blogger.com/goog_712413713
Suipacha 844 - Tel. (011) 4328 - 5985
8. Casa de la Provincia de Formosa http://www.casadeformosa.gov.ar/
H Yrigoyen 1429 - Tel. (011) 4381 - 7048
9. Casa de la Provincia de Jujuy
Santa Fe 967 - Tel. (011) 4393 - 1295
10. Casa de la Provincia de La Rioja
Callao 745 - Tel. (011) 4813 - 3417
11. Casa de la Provincia de Mendoza http://www.casa.mendoza.gov.ar/
Callao 445 - Tel. (011) 4371 - 0835
12. Casa de la Provincia de Misiones http://www.casademisiones.com/
Santa Fe 989 - Tel. (011) 4393 - 1812
13. Casa de la Provincia de Neuquén
Perón 687 - Tel. (011) 4326 - 6812
14. Casa de la Provincia de Río Negro
Tucumán 1916 - Tel. (011) 4371 - 7078
15. Casa de la Provincia de Salta http://www.casadesalta.gov.ar/
Av R Sáenz Peña 933 - Tel. (011) 4326 - 2456
16. Casa de la Provincia de San Juan http://www.casadesanjuan.gov.ar/
Sarmiento 1251 - Tel. (011) 4382 - 9241
17. Casa de la Provincia de Santa Cruz http://www.casadesantacruz.gov.ar/
25 de Mayo 277 1° - Tel. (011) 4343 - 8478
18. Casa de la Provincia de Santa Fe
Montevideo 373 2° - Tel. (011) 4375 - 4570
19. Casa de la Provincia de Santiago del Estero
Florida 274 1° - Tel. (011) 4326 - 9418
20. Casa de la Provincia de Tierra del Fuego
Sarmiento 745 - Tel. (011) 4322 - 7524
21. Casa de la Provincia de Tucumán www.tucuman.gov.ar/
Suipacha 140 - Tel. (011) 4322 - 0010
22. Casa de la Provincia de San Luis www.casa.sanluis.gov.ar/
Azcuénaga 1087 – Tel. (011) 5778-1665
23. Casa de la Provincia de la Pampa
Suipacha 346 – Tel. (011) 4326-0511

jueves, 7 de junio de 2012

CONVENIO MULTILATERAL SALTA. BAJA DE COEFICIENTE UNIFICADO. REGIMEN DE INFORMACIÓN. RG 7/12 Y RG 8/12.

La Provincia de Salta establecio un régimen de información que deberá ser cumplido por aquellos contribuyentes y/o responsables del Impuesto a las Actividades Económicas, inscriptos bajo el régimen de Convenio Multilateral que determinen disminuir el coeficiente unificado atribuible a esta Provincia (Jurisdicción 917), con relación al declarado en el periodo fiscal inmediato anterior.


A diferencia de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, la Provincia de Salta obliga a todos auquellos que tengan abierta la jurisdicción y no solo a aquellos contribuyentes con la Jurisdicción sede en la provincia.

Los responsables se encuentran obligados a informar los datos, utilizando los SERVICIOS ON-LINE disponibles en la pagina web del organismo www.dgrsalta.gov.ar conforme al instructivo de uso que pueden descargar desde  este link www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/jsp/informacionFisc/instructivo.pdf

La RG 8/12 prorrogó para los contribuyentes de Convenio Multilateral, la presentación del Régimen de Información, hasta el vencimiento del quinto anticipo, por lo cual este regimen comenzara a vencer el proximo 13/06/2012.

El incumplimiento total o parcial al presente régimen de información, harán pasible a los infractores de las sanciones previstas por el Código Fiscal.

miércoles, 2 de mayo de 2012

CONVENIO MULTILATERAL - Santa Cruz. Cambio de Alícuotas a partir del 1/4/2012. Ley 3252.

Quienes liquiden Convenio Multilateral y tengan dada de alta la jurisdicción Santa Cruz, recuerden que la ley 3252 dispone que las alícuotas aplicables al impuesto sobre los ingresos brutos, a partir del 1/4/2012 se modifican al 3% la alícuota general del impuesto sobre los ingresos brutos y la Intermediación financiera y otros servicios financieros: 5%. Pueden bajar a la nueva Ley Impositiva de Santa Cruz desde ACA.

miércoles, 29 de febrero de 2012

CONVENIO MULTILATERAL SIFERE ¿COMO GENERAR UN VEP PARA VARIAS JURISDICCIONES?

Los medios para el pago del CM 03 de Convenio Multilateral fueron evolucionando, se desterró definitivamente el uso del disquete (aunque no fue muy acertado el tener que imprimir un volante de pago por cada jurisdicción) y también se habilito la opción para realizar el pago mediante un VEP.
¿COMO SE GENERA EL VEP PARA VARIAS JURISDICCIONES?
1º Se debe ingresar al SIFERE y hacer click en el disquete (como se hacia antes para generar el archivo que se copia en el disquete) y grabar el archivo en algún lugar de la PC (Ejemplo: Mis documentos).

2º Una vez generado el archivo se debe ingresar con CUIT y Clave Fiscal a la página de AFIP, y seleccionar “Presentación de DDJJ y Pagos”.

3º Seleccionar la opción “VEP desde archivo” y aceptar. El sistema les va a mostrar el detalle de las jurisdicciones y el importe a pagar en cada una de ellas. Por ultimo deberá seleccionar el sitio de pagos con el cual trabaja su cliente (Red Link, Pago Mis cuentas o Interbanking).

Tener en cuenta que la generación del VEP por este método, no exime de la presentación del CM03 como se hace habitualmente.

viernes, 17 de febrero de 2012

Convenio Multilateral Jurisdicción Neuquen. Modificaciones 2012

La Provincia de Neuquen informa mediante cédula de notificación que la alícuota para la industria manufacturera desarrollada en establecimientos fuera de la Provincia de Neuquen estan gravados al 3%, pero dicha alícuota se reduce al 2% cuando los Ingresos Brutos totales en el 2011 fueron inferiores a $ 1.800.000, segun el art. 40 y siguientes del Código Fiscal.

miércoles, 24 de agosto de 2011

SIFERE Versión 2.02 ¡Por fin no mas disquete! RG (CA) 5/2011

Se aprobó la versión 2.0.2 del aplicativo SI.FE.RE - “Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral” para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral.

Este aplicativo será de uso opcional a partir del día 1º de Septiembre de 2011
Finalmente dejara de ser obligatorio el uso de disquete para el pago, algo que tardo demasiado en llegar considerando los contratiempos que a veces se generaban cuando el disquete no funcionaba y sobre todo teniendo en cuenta lo obsoleto de los mismos ya que las notebooks y netbooks no tienen disquetera.

El pago sin disquete se materializará a través de la emisión de un “Volante de Pago” por cada jurisdicción, el cual estará identificado con el número de formulario que se indica a continuación, según sea el caso:
Formulario 5859: Sólo Pago
Formulario 5860: Volante de Pago de Intereses
Formulario 5861: Volante de Pago de Multas

La versión 2.02 estará disponible para su descarga en la página Web de la Comisión Arbitral los primeros días del mes de Septiembre, cuando se tenga referencia del listado de Bancos que ya estén disponibles para aceptar los formularios generados por esta versión.

Esta opción no es obligatoria, así que para aquellos que prefieren el disquete o tienen todas las jurisdicciones abiertas y no desean imprimir 24 volantes de pago, pueden seguir realizando el pago con disquete o a través de transferencia electrónica (VEP).

miércoles, 11 de mayo de 2011

CM 05 – COEFICIENTES UNIFICADOS AÑO 2011. EXCEL PARA SU CALCULO.

Si bien la presentación del CM 05 vence a fines de junio, la utilización del coeficiente unificado comienza a ser obligatoria a partir del 4º anticipo. Así lo establece en su Art. 5 la ley de Convenio Multilateral: “A partir del 4° anticipo se aplicará el coeficiente que surja del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o se atenderá a los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior según corresponda, y conjuntamente con este anticipo se ajustarán las liquidaciones del primer trimestre”.
Les dejo a continuación un Excel para el cálculo de los coeficientes unificados a utilizar a partir del 4º anticipo del 2011, incluye la modificación sobre el tratamiento de las cargas sociales como gasto computable.
Recuerden que los contribuyentes obligados a brindar la información requerida por la R. (AGIP) Nº 117/10, es decir, los inscriptos en el Convenio Multilateral, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Prefijo 901) y los incorporados al sistema de recaudación y control para los Grandes Contribuyentes de Convenio Multilateral (SICOM) cualquiera sea la jurisdicción sede, que consideren tener que disminuir el Coeficiente Unificado atribuible a la C.A.B.A. con relación al declarado en el período fiscal inmediato anterior; deberán hacerlo mediante la transmisión electrónica de datos utilizando el aplicativo que se encuentra disponible al efecto en la página Web de la AGIP (www.agip.gob.ar).
En consecuencia se deroga el Art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 que previera que los contribuyentes y/o responsables que no posean la clave ciudad que les permita presentar la Nota a través del aplicativo, podrían obtener de la página Web el formulario a confeccionar e imprimirlo una vez completado en su totalidad, para su presentación -por duplicado- ante la Mesa de Entradas de esta Dirección General sita en Viamonte 900 de la Ciudad. La presentación de la información requerida mediante el formulario mencionado en el Art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 quedará sin efecto desde la entrada en vigencia de la presente resolución.
Pueden bajar el Excel desde ACA.

jueves, 10 de marzo de 2011

Convenio Multilateral Régimen de información Resolución (AGIP) Nº 113/2011. Vigencia 4/3/2011.

Los contribuyentes obligados a brindar la información requerida por la R. (AGIP) Nº 117/10, es decir, los inscriptos en el Convenio Multilateral, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Prefijo 901) y los incorporados al sistema de recaudación y control para los Grandes Contribuyentes de Convenio Multilateral (SICOM) cualquiera sea la jurisdicción sede, que consideren tener que disminuir el Coeficiente Unificado atribuible a la C.A.B.A. con relación al declarado en el período fiscal inmediato anterior; deberán hacerlo mediante la transmisión electrónica de datos utilizando el aplicativo que se encuentra disponible al efecto en la página web de la AGIP (www.agip.gob.ar).
En consecuencia se deroga el art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 que previera que los contribuyentes y/o responsables que no posean la clave ciudad que les permita presentar la Nota a través del aplicativo, podrían obtener de la página Web el formulario a confeccionar e imprimirlo una vez completado en su totalidad, para su presentación -por duplicado- ante la Mesa de Entradas de esta Dirección General sita en Viamonte 900 de la Ciudad. La presentación de la información requerida mediante el formulario mencionado en el art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 quedará sin efecto desde la entrada en vigencia de la presente resolución.

viernes, 20 de agosto de 2010

¿Cómo obtener la constancia de inscripción en Ingresos Brutos Convenio Multilateral?

Hasta hace un par de meses atrás, todos los contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos Convenio Multilateral, con anterioridad a la creación del “Padrón Web”, no podían acceder a ninguna constancia de inscripción “on-line” y debían manejarse con el CM01 original.
Les cuento que finalmente este contratiempo fue solucionado y ahora es posible para cualquier contribuyente inscripto en el régimen de Convenio Multilateral obtener su constancia de inscripción a través de la página de AFIP.
¿Cómo?
Ingresando con CUIT y Clave Fiscal a la página de la AFIP y dando de alta el servicio “Convenio Multilateral - Padrón Web” (si es que todavía no lo hicieron). Al ingresar al mismo, hacemos clic sobre “Datos Actuales” y una vez dentro, podemos ver los datos registrados en el padron web y abajo de todo en esa pantalla un icono que dice “CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN. Si desea puede consultar su Constancia de Inscripción desde aqui” y listo con solo hacer clic podemos bajar la constancia de inscripción en Ingresos Brutos Convenio Multilateral.

jueves, 10 de junio de 2010

EXCEL PARA IMPORTAR AL SIFERE RETENCIONES Y PERCEPCIONES DE INGRESOS BRUTOS CONVENIO MULTILATERAL.

Este Excel permite la importación de las retenciones y percepciones ya sean de proveedores, aduaneras o bancarias (SIRCREB) al aplicativo SIFERE.
Para generar el archivo en TXT, primero tienen abrir el bloc de notas y copiar ahí la última columna del Excel, guardarlo y listo