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martes, 12 de agosto de 2014

LISTADO DE BANCOS QUE OPERAN CON VEP (VOLANTE ELECTRONICO DE PAGOS)


El Banco SUPERVIELLE S.A. se encuentra autorizado a cobrar VEPs en sucursales a fin de atender situaciones de excepción cuyo importe a pagar no supere los doce mil pesos ($12.000) diarios.
Para esta alternativa, el contribuyente debe generar el VEP en el sitio Web de AFIP mediante la utilización de la clave fiscal y enviarlo a XN GROUP.
Con el VEP impreso, se deberá presentar en cualquier sucursal del Banco.
El Banco COMAFI S.A. se encuentra autorizado a cobrar VEP en sucursales a fin de atender situaciones de excepción cuyo importe a pagar no supere los doce mil pesos ($12.000) diarios.
Para esta alternativa, el contribuyente debe generar el VEP en el sitio Web de AFIP mediante la utilización

martes, 10 de junio de 2014

COMPRAS A PROVEEDORES DEL EXTERIOR – REQUISITOS Y OBLIGACIONES A TENER EN CUENTA PARA NO FALLAR EN EL INTENTO DE RETIRAR EL PAQUETE.




El siguiente es un listado de pasos a seguir para poder retirar del Correo Argentino los paquetes por compras realizadas en el exterior. Espero les sea de utilidad:

1º Es necesario tramitar (si es que no la tienen) la Clave Fiscal en AFIP. Pueden solicitarla en cualquier dependencia de AFIP presentándose con el DNI.

  Ingresar a la página de la AFIP para obtener:


  1. FORMULARIO 4550/T
Tengan en cuenta que el formulario F. 4550 manual ya no lo están tomando y que deberán generar el mismo a través de la página de AFIP. Para generarlo deberán ingresar a “Mis Aplicaciones Web”.
Pueden ver la guía sobre los pasos a seguir para confeccionar el F. 4550/T desde ACA.

2. VEP ( Volante Electrónico de Pago)
Para generar el mismo deben:
  1. Ingresar a la página de la AFIP con Clave Fiscal.
  2. Ir al servicio "Presentación de DDJJ y PAGOS"
  3. Seleccionar sobre el menú de la izquierda "Nuevo VEP”
  4. Seleccionar CUIT
  5. Organismo Recaudador "AFIP"
  6. Grupo de Tipos de Pago: "ADUANA"
  7. Tipo de Pago: Compra de Proveedores del Exterior".
  8. Ir al botón "Siguiente" y "Aceptar" continuar generación de VER
  9. Consignar allí los datos que solicita, entre ellos la identificación del envío comunicada por el correo (Ej.: CM 123456789 AR). El sistema determinara automáticamente el Derecho de Importación (50% del valor menos la franquicia) y el IVA consignando el valor en $ a pagar.           
  10. Ir al botón "Siguiente" y elegir la Red a través de la cual va a pagar (LINK, PAGOMISCUENTAS, INTERBANKING, XN GROUP) Efectuar el pago mediante HomeBanking.
Tener en cuenta que si no poseen Home Banking los VEPs pueden pagarse en el banco de la siguiente manera:
-         Si seleccionan LINK: Pueden pagarlo en efectivo en el Banco Provincia de Buenos Aires.
-         INTERBANKING: Pueden pagarlo en efectivo en el Banco Nación Argentina.
      -    PAGOSMISCUENTAS: Pueden pagarlo en efectivo en el Banco Comafi.

Aclaración Importante:
En caso de ser el primer envío el cual no supere los U$S 25 (se considerara al valor declarado como CIF -costo, seguro y flete) el sistema no permitirá efectuar el VEP , por tal motivo la AFIP-Aduana cancelará la Franquicia Anual. En el supuesto que la compra supere los U$S 25 se deberá efectuar el pago consignando el valor total (CIF) e indicar que no se utilizo la franquicia anual (el sistema liquidara el valor a ingresar).
Cuando se reciba el segundo envío recibido, deberá consignarse en el VEP (que utilizo la franquicia). Generando siempre el VEP, aunque la suma de los 2 envíos no supere los U$S 25. Ya que según el Artículo 80 del Decreto 1001/82 Reglamentario del Código Aduanero Punto 1 Inciso "C" la Franquicia se utilizará por persona y por única vez en el año calendario.

  RETIRO DE LA MERCADERIA
Para poder retirar los paquetes es necesario llevar:
1. Aviso del Correo.
2. Impresión del VEP y comprobante de pago del mismo
3. Formulario 4550/T y su presentación en AFIP.
4. Transacción de compra fehaciente (Impresión de pantalla sitio de Internet; Factura de Compra).
5. Además el Correo esta cobrando $ 40.- por paquete en concepto de Tasa de Tratamiento de Entrega de Pequeño Paquete.

En Caso de Corresponder deberán llevar certificados previos al libramiento de la MERCADERIA (según tipo y especie de la misma):
ANMAT (Avenida de Mayo 869-CABA, TELEFONO 4340-0800) Alimentos, Medicamentos, Productos Cosméticos y Productos Médicos.
SENASA: CERTIFICA SANIDAD Y CALIDAD (Avenida Paseo Colon 367-CABA, TELEFONO 4121-5000)
Agropecuaria, Pesquera, Forestal, Agroquímicos, Veterinarios.
INAL: (Estados Unidos 25 CABA), Suplementos Alimentarios y Suplementos Dietarios.

lunes, 29 de abril de 2013

Pago electrónico de obligaciones impositivas y previsionales. Incorporación de obligados a la utilización del Sistema. RG (AFIP) 3486/2013. Vigencia 25/4/2013.

Estarán obligados a la utilización del sistema “Cuentas Tributarias” y a la cancelación de sus obligaciones mediante la modalidad de pago por transferencia electrónica de fondos (VEP), los contribuyentes y responsables que:

a) A la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentren:
1. Alcanzados por las obligaciones establecidas en la RG (AFIP) 2463/08: contribuyentes y responsables inscriptos ante la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales (Agencias 19 y 20)
2. Incorporados oportunamente al Sistema Integrado de Control Especial dispuesto por el Cap. II de la RG (DGI) 3423/91, que por la presente se deroga.
b) Sean incorporados al universo de sujetos obligados a la utilización del sistema “Cuentas Tributarias” mediante notificación expresa emanada de juez administrativo competente y formalizada de acuerdo con lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº 11.683.
Los restantes podrán continuar haciendo uso de dicho sistema en forma opcional y voluntaria.
Los sujetos obligados deberán:
1. Utilizar todos los procedimientos y funcionalidades del sistema “Cuentas Tributarias”.
2. Cancelar sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social mediante transferencia electrónica de fondos RG (AFIP) 1778/04.
El incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas en esta resolución general, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

jueves, 27 de septiembre de 2012

¿COMO GENERAR VEP PARA EL PAGO DE LA TASA DE ACTUACION ANTE EL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION?

Pasos a seguir para confeccionar el VEP para el pago de la tasa de actuación ante el Tribunal Fiscal de la Nación:

1. Ingresar a la página de AFIP con CUIT y Clave Fiscal
2. Ingresar a “Presentación de DJ y Pagos”
3. Seleccionar la opción “Nuevo VEP”
4. Colocar CUIT
5. Organismo recaudador: seleccionar AFIP Tribunal Fiscal de la Nación
6. Competencia: seleccionar Impositivo
7. Expediente indicar Nº
8. Total del Litigio indicar importe en $ … (debajo del Nº de expediente)
9. Importe a pagar indicar importe en $ … (Total que se ingresa del F.294/B)
10. Hacer clic en SIGUIENTE hasta lograr la generación del VEP.

miércoles, 29 de febrero de 2012

CONVENIO MULTILATERAL SIFERE ¿COMO GENERAR UN VEP PARA VARIAS JURISDICCIONES?

Los medios para el pago del CM 03 de Convenio Multilateral fueron evolucionando, se desterró definitivamente el uso del disquete (aunque no fue muy acertado el tener que imprimir un volante de pago por cada jurisdicción) y también se habilito la opción para realizar el pago mediante un VEP.
¿COMO SE GENERA EL VEP PARA VARIAS JURISDICCIONES?
1º Se debe ingresar al SIFERE y hacer click en el disquete (como se hacia antes para generar el archivo que se copia en el disquete) y grabar el archivo en algún lugar de la PC (Ejemplo: Mis documentos).

2º Una vez generado el archivo se debe ingresar con CUIT y Clave Fiscal a la página de AFIP, y seleccionar “Presentación de DDJJ y Pagos”.

3º Seleccionar la opción “VEP desde archivo” y aceptar. El sistema les va a mostrar el detalle de las jurisdicciones y el importe a pagar en cada una de ellas. Por ultimo deberá seleccionar el sitio de pagos con el cual trabaja su cliente (Red Link, Pago Mis cuentas o Interbanking).

Tener en cuenta que la generación del VEP por este método, no exime de la presentación del CM03 como se hace habitualmente.

martes, 9 de agosto de 2011

VEP Importadores ¿Cómo generar el VEP para el pago de obligaciones aduaneras? RG (AFIP) 3134/2011

LA RG (AFIP) estableció la utilización obligatoria del VEP para:
a) Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras.
b) Pagar garantías ejecutadas.
c) Efectuar depósitos en efectivo destinados a garantizar operaciones aduaneras.

¿Cómo generar el VEP para Anticipos para el Pago de Tributos Aduaneros?
1º Ingresar en la pagina de AFIP con CUIT y Clave, seleccionar el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” opción “Nuevo VEP”.
2º Completar los siguientes datos y hacer clic en “siguiente”
- CUIT del Contribuyente. CUIT del Importador/Exportador.
- Organismo Recaudador: AFIP.
- Grupos de Tipos de Pagos: Aduana.
- Tipo de Pago: Anticipo para el Pago de Tributos Aduaneros.
3º El Sistema desplegará la siguiente información:
CUIT Importador/Exportador
Tipo de Pago: Anticipo para el Pago de Tributos Aduaneros.
Concepto: Pago Aduanero (800)
Subconcepto: Pago Aduanero (800)
CUIT Despachante: Este dato será ingresado por el Contribuyente. Deberá ser un Despachante de Aduanas habilitado en el Registro Especial Aduanero.
Importe a Pagar por Anticipo Pago Tributos Aduaneros (2555): Deberá ingresar el monto a pagar.
Código del Impuesto: es el 2555.

¿Cómo generar el VEP para Anticipos para el Pago de Garantes a Garantías Ejecutadas?
Para aquellos casos en los que una Compañía Aseguradora deba abonar un importe correspondiente a la ejecución de una garantía, el mismo deberá realizarse a través de un VEP, seleccionando como Tipo de Pago “Pago de Garantes a Garantías Ejecutadas” Impuesto 2556, debiendo consignar la CUIT del Importador/Exportador en el campo habilitado a tal efecto, en el campo CUIT GARANTE la CUIT de la Empresa Garante, y en el campo DESTINACION/LIQUIDACION el número de destinación / liquidación asociada a la garantía.

El VEP deberá ser abonado mediante la transferencia electrónica de fondos efectuada a través de la Red Bancaria seleccionada, o bien en los lugares habilitados al efecto.

Los depósitos realizados en la “Cuenta Unica de Recaudación Aduanera a Afectar”, mediante el procedimiento previsto en la RG 1917 y con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente, únicamente podrán ser utilizados hasta el 31 de diciembre de 2011, inclusive, para pagar liquidaciones aduaneras, los importes correspondientes a garantías ejecutadas o para garantizar operaciones aduaneras.