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lunes, 23 de febrero de 2015

MIS FACILIDADES Y LAS DEMORAS EN ENVIAR EL CODIGO DE VERIFICACION.



Con las modificaciones establecidas por la RG (AFIP) 3631/14 se incluyo como requisito previo para el envío de los planes de facilidades de pago generar un código de verificación que es enviado por AFIP a través de mensajería de texto “SMS”, correo electrónico y de “e-Ventanilla” (este ultimo nunca lo utilice).
Al ingresar hoy a cargar el sistema note que figuran en rojo aclaraciones sobre como informar los números de teléfono (no anteponer al prefijo el 0 y al numero de celular el 15).



Lamentablemente y pese a estas aclaraciones, en las ultimas solicitudes del código, los plazos de espera para su envío superan las 5 horas y en algunos casos mas…

Si bien no hay como solucionarlo, me comentaron algunos colegas que informando el código 9999 el sistema lo toma y puede presentarse el plan en el momento, en vez de tener que esperar a que llegue el mensaje o mail de AFIP. Yo no lo intente, pero quizás le sirva a algún colega que tenga urgencia.



Por otro lado y gracias a esta solicitud de mail, ahora AFIP informa sobre las modificaciones en “Mis Facilidades” directamente por mail.
Para aquellos que no les llego les copio la información que llego hoy “Nos estamos comunicando de la Administración Federal de Ingresos Públicos para informarle que, en caso de corresponder, el segundo intento de débito de la cuota de febrero/2015 del Plan Mis Facilidades, se realizará el día 24 de febrero de 2015, según lo establecido por la Resolución General N° 3.701.”

jueves, 29 de enero de 2015

SISTEMA MIS FACILIDADES. REHABILITACIÓN DE OFICIO DE LA CUOTA IMPAGA DE DICIEMBRE DE 2014.



El anexo de la RG 3574  indicaba que el segundo intento de débito de la cuota de diciembre de los planes de la RG 3451 se adelantaba al día 23 pero no citaba al resto de los planes que debieron haberse debitado el día 29 (primer día hábil posterior al día 26/12/14). Esto no ocurrió atento que el proceso intentó realizar el débito de todos los planes que administra el Sistema Mis Facilidades el mismo día 23.
Habida cuenta que el proceso de débito no coincidió con las fechas previstas en las diferentes normativas y que la posibilidad de realizar el pago resulta ajena a la decisión de los contribuyentes, se entiende necesario que la mencionada cuota sea rehabilitada para su pago el día 12-02-2015, al mismo valor que correspondía abonar el día 26-12-2014.
Por todo lo hasta aquí expuesto, se ha dispuesto rehabilitar de oficio y  centralizadamente las cuotas bajo análisis, según el siguiente detalle:
1. RG 3631- Cuota de Diciembre de 2014 Impaga al 26-12-2014: atento que el contribuyente no dispone de la transacción para solicitar la rehabilitación de las cuotas, el sistema deberá rehabilitarla al día 12-02-2015 pero al valor del 26-12-2014.
2. RG 3630- Cuota de Diciembre de 2014 Impaga al 26-12-2014 y a la fecha de corrida del proceso: el sistema la rehabilitará al 12-02-2015 pero al valor del 26-12-2014. Si hubiera sido rehabilitada por el responsable, el sistema reemplazará el valor calculado que contendría los intereses resarcitorios calculados hasta el 12-02-2015 por el que correspondía abonar el día 26 de diciembre a fin de perseguir un trato igualitario para todos los contribuyentes.

martes, 27 de mayo de 2014

Plan de facilidades de pago en 6 cuotas modificación RG (AFIP) 3516/13. RG (AFIP) 3631/2014



En primer lugar, se modifica el alcance del plan incrementando el límite máximo del monto de ventas o ingresos brutos anuales requerido a los sujetos empleadores (mínimo 2 empleados), de $ 10.000.000 a $ 50.000.000, excepto para locaciones y/o prestaciones de servicios que se establece en $ 30.000.000.
Segundo se incluye la posibilidad de regularizar en el plan las cuotas mensuales adeudadas en el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Monotributo.
Como novedad para la adhesión al plan será necesario incorporar en la solicitud los datos del número de teléfono celular y empresa proveedora del servicio, dirección del correo electrónico, así como los restantes datos de la persona autorizada, los cuales resultarán necesarios para recibir comunicaciones vinculadas con el régimen a través del servicio de mensajería de texto, correo electrónico y e-ventanilla. El primer dato que recibirá la persona autorizada a través del servicio de mensajería y correo electrónico será un código de verificación necesario para completar la remisión del formulario de declaración jurada F. 1003  de adhesión al plan.
Además se incorpora como nueva causal de caducidad del plan, la disminución de la cantidad de empleados obrante en las declaraciones juradas cuyos vencimientos operen durante todo el período de cumplimiento del plan respecto de lo consignado en la declaración jurada F.931 para el período fiscal inmediato anterior vencido a la fecha de adhesión. Será condición de caducidad la falta de presentación de las declaraciones juradas F.931.
Por último resta destacar que la cancelación de las deudas en los términos del presente régimen de facilidades de pago habilita al responsable al levantamiento de la suspensión que por falta de pago hubiera dispuesto el área aduanera en el "Registro de Importadores y Exportadores"
Vigencia: A partir del día 27 de mayo de 2014, aclarándose que el sistema informático estará operativo a partir del día 6 de junio de 2014.

miércoles, 23 de octubre de 2013

SIMULADOR DE PLAN DE PAGOS ON LINE. RG (AFIP) 3516.



Actualmente el único plan de facilidades vigentes para deudas impositivas, aduaneras y de la Seguridad Social es el previsto en la RG (AFIP) 3516/2013, con excepción del plan  establecido por la RG (AFIP) 984/01.

Esta semana tuve justamente varias consultas al respecto, especialmente sobre variantes de financiación en función a la cantidad de cuotas, hasta hoy lo que hacia era entrar en “Mis Facilidades” cargar todos los datos e ir seleccionando la cantidad de cuotas para ver las alternativas, pero me paso que después de hacer todo esto un cliente decidió que lo iba a pagar de contado…
Empecé a buscar entonces si había alguna forma de realizar los cálculos sin ingresar todos los datos en “Mis Facilidades” y me encontré con que en la página de AFIP hay un Simulador del plan en el que solo hay que informar importe y cantidad de cuotas, les copio el link directo www.afip.gov.ar/miOrientacion/SimuladorPlanesPago. 


También pueden calcular el valor de la cuota utilizando este Excel que arme en función a las instrucciones de Diego y que funciona perfectamente (¡Gracias Diego por el aporte y por tomarte el tiempo de explicarme!). Pueden bajarlo desde ACA.


Espero les sirva, a mi me resulto muy útil.

Recuerden que los requisitos para utilizar este Plan de Facilidades son: 
1.      Ser Empleadores: Deben haber exteriorizado como mínimo 2 empleados en el F.931 correspondiente al último período fiscal vencido al mes inmediato anterior al de adhesión. Para las personas físicas permite que hasta 1 empleado declarado corresponda a Personal de Casas Particulares.
2.      Ingresos Brutos: Las ventas, locaciones y prestaciones de servicios consignadas en las DJ mensuales de IVA correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales vencidos contados desde el mes inmediato anterior al de adhesión deben ser inferiores a los $ 10.000.000. En caso de no registrar ventas, locaciones ni prestaciones de servicios gravadas, se verificarán los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias en el último período fiscal vencido al mes inmediato anterior a la aludida adhesión.