Mostrando entradas con la etiqueta Su Declaracion. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Su Declaracion. Mostrar todas las entradas

viernes, 13 de junio de 2014

DECLARACION EN LINEA, EL MISTERIO DE LOS F. 931 QUE NO APARECEN Y COMO RECUPERAR LA INFORMACION DE LAS DECLARACIONES JURADAS EXTRAVIADAS.

 Ya tengo 2 casos de clientes que al momento de presentar el F. 931 a través de “Su Declaración”, en vez de generar el correspondiente comprobante de presentación, se queda tildado y al querer ver si lo presentó aparece la DJ con un relojito al lado y un signo de interrogación.
El problema es que después de esperar (varias horas) para poder imprimir la DJ, esta no figura en el listado de DJ Generadas de “Su Declaración”, aunque si aparece como presentada. Es decir, esta presentada (y el comprobante de presentación puede imprimirse) pero no hay forma de obtener el F. 931.
Espere varios días para ver si el problema se solucionaba solo, pero no lo hizo y como este tipo de problemas superan mis limitados conocimientos, envié la consulta a la Mesa de Ayuda de AFIP. Copio a continuación la solución que existen para recuperar la información. Yo la desconocía y creo que pueden ser de utilidad para varias situaciones.

Sr./a. Contribuyente: 
Atento a s consulta respecto a la Impresión del F931 del Periodo 05/2014  - desde el servicio Declaración en Línea le informamos que el inconveniente se encuentra reportado. 

Solución.
Asimismo, sugerimos ingresar al servicio Sistema de Cuentas Tributarias -- Consultas -- Declaraciones Juradas (DJ) -- 301-APORTES SEGURIDAD SOCIAL -- Exportar Comprobante PDF.
Esta opción emite un detalle de todos los datos totales del F. 931 y es realmente muy útil y por lo menos pueden quedarse tranquilos que tienen un comprobante de respaldo de la información que presentaron.

miércoles, 8 de agosto de 2012

“Su Declaración” Nuevos Sujetos alcanzados a partir de agosto 2012. RG (AFIP) 3357/2012.


Se amplía el universo de sujetos alcanzados quedando a partir del periodo devengado agosto 2012 de la siguiente manera:

- Uso Obligatorio: para los empleadores que registren hasta 25 empleados y en el caso que incrementen sus nóminas hasta un máximo de 50 trabajadores, inclusive.
- Uso Optativo: para los empleadores que registren entre 26 y 50 trabajadores, si baja a 25 empleados queda obligado.
- Excluidos: los empleadores que registren más de 50 trabajadores en el período mensual que se declara.

jueves, 1 de diciembre de 2011

SORPRESA DE LA VERSION 35 EN SU DECLARACION. A CARGAR TODO OTRA VEZ.

Empezar el día con esta noticia es genial. Para todos aquellos que cargaron los F. 931 en “Su Declaración” antes de la versión 35 y son prudentes y la presentan recién a partir de hoy 1/12/2011, se van a encontrar con un pequeño problema, LA VAN A TENER QUE CARGAR TODA DE NUEVO PORQUE FUE GENERADA CON LA VERSION ANTERIOR. Esto es de terror, la gente de sistemas ni siquiera respeta la RG (AFIP) 3224/2011 que establece que si bien la vigencia es a partir del 1/12/2011, los empleadores podrán continuar utilizando la Versión 34 del SICOSS hasta el 31/12/2011, excepto que sean:
a) Empleadores que hayan celebrado convenios de corresponsabilidad gremial, que cuenten con la pertinente resolución de la autoridad de aplicación.
b) Provincias adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que tengan personal comprendido en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Otro trabajo extra más, por culpa de una Administración ineficiente, que hace todo a último momento y no respeta ni sus propias Resoluciones. ¿Con que autoridad moral AFIP nos fiscaliza?. Así no se puede trabajar.

miércoles, 26 de octubre de 2011

SU DECLARACION NO ESTA FUNCIONANDO “HA OCURRIDO UN ERROR”

Para quienes estén comenzado a liquidar los sueldos del mes de octubre y no puedan emitir el F. 931, les cuento que el sistema no esta funcionando. Al querer generar la DJ aparece este simpático cartelito, que no debería decir “Ha ocurrido un error”, sino “Disculpe las molestias el sistema no funciona otra vez”.

miércoles, 28 de abril de 2010

Obligación de Presentar mediante “Su Declaración”. ¿Cómo hacer para importar los datos desde el SICOSS? RG (AFIP) Nº 2812/10

Los empleadores que ocupan hasta 10 trabajadores (Antes: 5), deberán presentar mediante “Su Declaración” en forma obligatoria a partir del 1 de junio de 2010, para los períodos devengados febrero de 2007 y siguientes. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de 20 trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema.

Como hacer entonces para seguir trabajando en el SICOSS e importar los datos a “Su Declaración” sin tener que cargarlos on line.

1º Generar la DJ mensual de cargas sociales por el aplicativo SICOSS.
Para importar el archivo confeccionado por medio del aplicativo SICOSS a “Su declaración”, tengo que hacer lo siguiente:
1) Clic en el icono que son 3 disk (importar/exportar) en la pantalla "datos de la declaración jurada”, margen derecho.
2) Elegir Standard Versión 33 y hacer clic en "exportar"
3) Elijo un lugar para guardarlo, donde nos quede cómodo, y le pongo un nombre Ej.: “XX SRL”.
4) El archivo que se genera no se puede importar, por lo cual es necesario hacer lo siguiente:
Pararme sobre el archivo generado, dar clic sobre el mismo con el botón derecho del mouse y elegir “Abrir” y seleccionar “Block de notas”. Sin modificar absolutamente nada, seleccionamos “guardar como” y se nos va generar una copia del archivo como un “.txt”.
El archivo según el ejemplo va a tener el siguiente nombre “ XX SRL.txt”. Ese es el archivo a transferir.
5) Entro a “SU DECLARACION” y elijo importar archivo, es la tercera opción al querer generar una DJ , busco el archivo que guardé y listo, calculo importes, genero el F. 931 y lo envió.

Que ventajas tiene hacer esto:
1º No pierdo la continuidad de la cargar de información en el SICOSS, y la tengo siempre a mano para consultar, aunque no funcione internet o la pagina de AFIP.
2º No corro el riesgo de que se corte internet a la mitad de la carga y tenga que volver a cargar todo otra vez.
3º Si “Su Declaración” no funciona, como ya ha pasado, puedo emitirle el volante de pago al cliente desde el SICOSS.

Para los que nunca utilizaron “Su Declaración”, pueden leer la guía para su utilización que elaboro AFIP haciendo clic ACA.