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lunes, 5 de mayo de 2014

Actualización para poder Importar Retenciones y Percepciones. Ganancias Personas Jurídicas – Sociedades Versión 12 Reléase 1.



Muchos me estuvieron consultando si existía algún importador de retenciones y percepciones del Impuesto a las Ganancias para Sociedades, el que tenia no estaba funcionando, pero por suerte aunque siempre sobre la hora AFIP publico un nuevo Reléase que los importa directamente del archivo .txt que se obtiene de “Mis Retenciones”.
Novedades:
1. Para períodos fiscales 2013 se elimina la marca "¿Este bien fue exteriorizado por la Ley 26.860?" en todos los rubros del balance.
2. Asimismo, también para dichos periodos, en los rubros Bancos, Moneda Extranjera e Inmuebles, se incorpora la marca "Este bien fue adquirido con fondos que fueron exteriorizados por la Ley 26.860?"
3. Se actualizo la tabla Regímenes para Retenciones y Percepciones.
4. Se modificaron los formatos de Retenciones y Percepciones en Importar/Exportar.
Pueden bajarlo desde ACA.

jueves, 12 de abril de 2012

Ganancias Personas Jurídicas Sociedades Versión 11. RG (AFIP) 3310/2012.

A partir del día 11 de abril de 2012, inclusive, las DJ de Ganancias Persona Jurídicas deberán presentarse con la versión 11 del aplicativo. No obstante, la obligación de completar los campos incorporados en la nueva versión regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive.
Cuando deban confeccionarse declaraciones juradas —originales o rectificativas— correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hubiesen operado hasta el 30 de noviembre de 2005, inclusive, las mismas deberán generarse utilizando la versión 6.0 - Release 1 del programa aplicativo denominado “GANANCIAS SOCIEDADES”.
Novedades de la versión:
1. En "Ventana “Proyectos Promovidos” Se incorporan los siguientes campos:
- Tipo de Régimen
- CUIT
- Decreto
- Nro Norma Part
- Fecha Norma Part
- Anexo de Norma Part
- Tipo Promoción
- Desde
- Hasta
Se modifica el nombre del campo "Norma". A partir del cierre de ejercicio 12/2011,el mismo deja de llamarse "Norma" y se llamará "Norma Tipo".
Los cambios antes mencionados para la ventana “Proyectos Promovidos” rigen, para ejercicios comerciales cerrados, a partir del cierre de ejercicio 122011 y 01/2012 en adelante.
2. En "Ventana “Determinación del Resultado Neto Fuente Argentina” Se incorporan los siguientes campos:
Impuesto liberado - Art. 8° Dto. 135/06
3. En "Ventana “Determinación del Resultado Neto Fuente Extranjera” Se incorporan los siguientes campos:
Impuesto liberado
- Impuesto determinado no promovido
4. En "Ventana “Pantalla Determinación del Saldo” Se incorporan los siguientes campos “A favor Contribuyente”:
Saldo a favor período anterior anticipos cancelados en bonos CF Dto. 135/06
- Anticipos cancelados mediante BCF Dto. 135/06
- Total bonos CF Dto. 135/06
- Saldo a favor del responsable por anticipos en bonos CF Dto. 135/06
5. En "Formulario F. 713 Impuesto a las Ganancias" Se visualizan nuevos campos los mismos son:
- Donaciones
- R4 - Determinación del Saldo del Impuesto - A favor Contribuyente. Los mismos son:
- Saldo a Favor período anterior en Bonos CF Dto. 135/06
- Anticipos cancelados mediante F.515 BCF DTO. 135/06
- Total Bonos CF Dto. 135/06
- Saldo a favor del responsable por anticipos en bonos CF Dto. 135/06

En la pantalla “Balance para fines fiscales”, dentro del Rubro “Costos” y dentro de los "Gastos operativos" se incorporaron los campos “Sueldos, Aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal comprendido en el convenio colectivo de trabajo” y “Sueldos, Aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal no comprendido en el convenio colectivo de trabajo” cuya sumatoria conforman el valor del Campo “Sueldos, Aguinaldos, gratificaciones y contribuciones sociales”

Pueden bajar la nueva versión desde ACA.

Si ya tenían la DJ cargada, esta nueva versión no borra la anterior, pero no permite imprimirla si no se informan detallados los nuevos datos que solicita. En mi caso solo tuve que informar por separado los sueldos y contribuciones por CCT y fuera de CCT.

miércoles, 15 de junio de 2011

Ganancias Personas Jurídicas – Sociedades Versión 10 Reléase 1

Genera la Declaración Jurada en papel (F. 713). Esta versión fue aprobada por la Resolución General N° 3077 (AFIP).
Novedades:
1. Se modificaron las validaciones de los campos relacionados al Tipo de Vinculación.
2. Se modificó la validación del campo Número de Certificado, permitiendo ingresar valores alfanuméricos. Con lo cual, el próximo año se podrán cargar los despachos de Aduana con el numero alfanumérico completo sin que genere Error 3265.
Pueden bajarlo desde ACA.

lunes, 25 de abril de 2011

GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS –ERROR 3265 NO SE ENCONTRO ELEMENTO EN ESTA COLECCIÓN

Al querer imprimir la DJ de Ganancias Personas Jurídicas con la versión 10.0 surge el siguiente error “ERROR 3265 NO SE ENCONTRO ELEMENTO EN ESTA COLECCIÓN”. No permitiendo la impresión de la Declaración Jurada.


Todavía no tengo respuesta de la Mesa de Ayuda de AFIP, pero como dato curioso las DJ de Ganancias que tenia cargadas con la versión anterior, pude presentarlas posteriormente con la versión 10.0 sin problemas,pero las cargadas desde 0, generan este error al querer imprimirlas.

Les copio solución que envio la mesa de ayuda y que funciona perfectamente:
Para solucionar el error le solicitamos que elimine todo valor que NO sea numérico en el campo "N° de comprobante" de la pantalla "Retenciones y percepciones".

miércoles, 13 de abril de 2011

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial. Balances al 31/12/2010. RG 3077.

PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS Y ESTADOS CONTABLES Y VENCIMIENTOS.
1. La declaración jurada se confeccionará utilizando exclusivamente el programa aplicativo “GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS - Versión 10.0”. Cuando deban confeccionarse declaraciones juradas (originales o rectificativas) correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hayan operado hasta el mes de noviembre de 2005, inclusive, las mismas deberán generarse utilizando el programa aplicativo denominado “GANANCIAS SOCIEDADES - Versión 6.0”. La presentación de la DJ y el pago del saldo resultante, deberá efectuarse hasta el día del quinto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.
Novedades del aplicativo Versión 10:- Saldo a Favor por Fusión o Absorción: Incorporación de la Ventana: Identificación del Saldo a favor proveniente de empresas fusionadas y/o absorbidas.
- Importación: Incorporación de la importación de “Detalle de Rodados”
- Datos Descriptivos: Cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos. Los datos ingresados en esta pantalla, no se borran una vez confirmados, de manera que se mantengan con la posibilidad de modificarla en caso de ser necesario.
- Detallar: ¿Estuvo sujeto a la renta/bienes de fuente extranjera al pago de impuestos análogos en el exterior? Modificación de la validación de los campos “Fecha del Pago” y “Fecha del Certificado” para que permita ingresar pagos de impuestos análogos pagados después del período fiscal.
- Datos Descriptivos: Declaración Jurada. Incorporación de los campos “Es empresa continuadora?”, “CUIT Empresa Antecesora” y “Solicitó Certificado de Residencia?”.
- Detallar: Total Detalle de Instalaciones
- Detallar: Total Detalle de Otros Bienes de Uso
- Modificación de la validación de estas pantallas. Sólo se puede acceder a las mismas, en caso que exista “Importe amortización acelerada”.
Pueden bajar el aplicativo desde ACA

2. El “Informe para Fines Fiscales” podrá confeccionarse mediante alguno de los siguientes formularios:
a. Formulario de declaración jurada F. 760/C por duplicado. Adecuaciones:
1. En el Apartado A, Punto II - Información Examinada, primer párrafo, se testará la expresión “...Estado de Situación Patrimonial (AP.I), Estado de Resultado (AP.II), Costo de Ventas y/o Servicios AP.III), Evolución del Patrimonio Neto (AP.IV), de los formularios Nros. 760/761 (1).”, y se consignará la expresión “... Balance Contable —Rubro 1, incisos a), b) y c)— y Determinación del Resultado Neto —Rubro 2, inciso a)— del formulario F. 713.”. Se testará completamente el segundo párrafo.
2. En el Apartado IV - Informe, inciso a) se testará la expresión “... en los Apartados I, II, III y IV de los formularios Nros. 760/761 (1) y en los Rubros 1-c (Col. I o Col. II), 8 y 9 de los formularios Nros. 760/A - 761/A (1) y 760/B - 761/B (1) ...”, y se consignará la expresión “... en el Rubro 1, incisos a), b) y c) y en el Rubro 2, inciso a) del formulario F. 713 ...”.
El formulario deberá estar suscripto por el profesional certificante y la firma legalizada por el consejo profesional, colegio o entidad que ejerza el control de la matrícula.
La presentación se efectuará en la dependencia de AFIP en la que los contribuyentes y/o responsables se encuentren inscriptos. El duplicado del formulario sellado acreditará el cumplimiento de la obligación.
b. Formulario de declaración jurada F. 780 la confección del formulario se realizará utilizando el programa aplicativo denominado “INFORME PARA FINES FISCALES - Versión 1.0”. El mencionado programa podrá ser transferido:
1. Desde el sitio web de la AFIP, para lo cual el profesional interviniente deberá, en forma previa a su utilización:
a) Firmar un contrato de adhesión, será presentado en 3 ejemplares de un mismo tenor, ante la entidad habilitada por la AFIP para operar con el sistema.
b) Obtener la clave de seguridad e identificación personal para poder operar con el sistema.
Asimismo, deberá ser firmado únicamente ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerza el control de la matrícula, el que legalizará la firma y se constituirá en depositaria del documento suscripto.
MODELO DE CONTRATO DE ADHESION
CONTRATO DE ADHESION Nº
REGIMEN OPTATIVO PARA LA PRESENTACION ELECTRONICA DEL “INFORME PARA FINES FISCALES”

Don ……………………………………….. (1) D.N.I./L.E./L.C. Nº ……………… (2) en mi carácter de ……………………………(3), con número de C.U.I.T. …………………………(4), domiciliado en …………………………………(5), con matrícula (tomo ………………, folio ……………….., Consejo Profesional de Ciencias Económicas de ………………………………….)(6), vengo a adherirme al régimen optativo para la presentación electrónica del “Informe para Fines Fiscales”, conforme a lo dispuesto por la Resolución General Nº 3077.
Declaro que la clave de seguridad e identificación personal seleccionada es de mi exclusivo conocimiento, constituyéndome en custodio de su confidencialidad y responsable por su uso.
Los informes de auditoria/certificaciones profesionales presentados bajo este régimen serán válidos y considerados formalizados en los términos del Artículo 28 del Decreto Nº 1397/79 y sus modificaciones, responsabilizándome como titular o responsable por la autenticidad de los datos transmitidos en mi nombre y bajo la clave de seguridad e identificación personal.
La presente adhesión se depositará en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad ……………………… (7), el que se encuentra debidamente habilitado.
En…………………… a los …………. días del mes de ……………… de ……………(8).

…………………………………… …………………………………………
Firma del profesional interviniente Firma del representante legal del Consejo/Entidad
(1) Nombre y apellido del profesional interviniente.
(2) Tipo y número de documento del profesional interviniente.
(3) Título habilitante.
(4) Indicar el número.
(5) Domicilio fiscal del profesional interviniente.
(6) Indicar el número de tomo, número de folio y Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad en la
que se encuentre matriculado.
(7) Consignar el Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad donde quedará depositado el “contrato
de adhesión”.
(8) Indicar el lugar y fecha en donde se firmará el contrato de adhesión.

2. Formalizar la presentación con la intervención de un Contador Público independiente, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula, que haya suscripto convenio
con la AFIP.
La utilización de uno de ellos respecto de un período fiscal, no impide efectuar presentaciones correspondientes a períodos posteriores utilizando el otro formulario.
La presentación de la DJ, deberá efectuarse hasta el día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.

3. La Memoria, Estados Contables e informe de auditoria del respectivo período fiscal, en formato “.pdf”. Se considerará a tales fines, la Memoria y Estados Contables exigibles por los organismos de control correspondientes, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente, con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula.
A efectos de cumplir con esta obligación, se deberá ingresar al servicio “Transferencia Electrónica de Estados Contables”. Una vez ingresado al servicio, el contribuyente deberá consignar los datos requeridos por el sistema, y adjuntar los Estados Contables del período fiscal a transferir, en un solo archivo en formato “.pdf”.
Como constancia de la presentación realizada, el sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo. La presentación de la DJ, deberá efectuarse hasta el día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.
Esta obligación resultará de aplicación para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2009, inclusive.

OTRAS DISPOSICIONES:
1. Las empresas que hayan llevado a cabo transacciones comprendidas dentro de las disposiciones de precios de transferencia, se encuentran obligadas a presentar una declaración jurada complementaria, según RG 1122.
2. Se deberá presentar, en la forma, plazos y condiciones que oportunamente establezca la AFIP, una declaración jurada informativa que contenga, entre otros datos, los siguientes:
a) La composición de los importes consignados en los campos “Otros Ajustes”/”Otras Previsiones” de las pantallas “Ajustes Resultado Impositivo”, del programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS”.
b) Las operaciones realizadas en moneda extranjera y las posiciones de moneda extranjera:
1. Respecto de los rubros del activo y pasivo informados en el formulario de declaración jurada F. 713, que tengan su origen en operaciones efectuadas en dicha moneda: el tipo y cantidad de la misma, y
2. las operaciones de cambio realizadas durante el período fiscal que se declare, agrupadas de acuerdo con el rubro del balance al cual pertenecen.