
Se fija una suma no remunerativa para obreros de la UOCRA. Los montos a percibir son los siguientes:
a) A los trabajadores ocupados en las obras radicadas en las siguientes zonas
geográficas: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires,
Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, San Juan, Mendoza, San Luis, La Pampa,
Neuquén, Río Negro y Chubut un monto de
$ 900 .
b) A los trabajadores ocupados en las obras radicadas en las siguientes zonas
geográficas: Provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, La Rioja, Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes un monto de
$ 700.
c) A los trabajadores ocupados en las obras radicadas en las siguientes zonas
geográficas: Provincia de Santa Cruz y Tierra del Fuego un monto de
$ 1.200.
Podrá abonarse 3 cuotas iguales:- la primera con la primera quincena del mes de enero de 2011,
- la segunda cuota con la primera quincena de febrero de 2011 y
- la tercera con la primera quincena de marzo de 2011 o al momento del pago de su liquidación final si el trabajador se desvinculara con anterioridad.
Esta suma no remunerativa se abonará a todos aquellos trabajadores activos a la fecha de suscripción del presente de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Trabajadores con fecha de ingreso hasta el 31/7/2010:
100%.- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/7/2010 y hasta el 30/9/2010:
75%.- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 30/9/2010:
el 50% de la suma.