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jueves, 9 de octubre de 2014

IGJ. Cambio en la denominación de los formularios de oficios judiciales.



Se han efectuado modificaciones en las denominaciones de los formularios que acompañan la presentación de oficios judiciales ante el organismo.
A partir de ahora, los oficios judiciales que tienen costo se presentan con el formulario "Oficios Judiciales", mientras que los exentos de pago requieren la presentación del formulario denominado "Oficios judiciales sin costo (manifestado en el oficio)". Es importante destacar que el beneficio de litigar sin cargo debe estar expresado en el texto de oficio.
Por su parte, los reiteratorios se presentan con el formulario "Oficios reiteratorios". Para poder determinar su procedencia, en el formulario se debe consignar el número de trámite que se le otorgó al oficio original así como también su fecha de presentación. Estos datos permiten verificar el estado del mismo. Es frecuente que la IGJ haya contestado en tiempo y forma el oficio, pero que éste se encuentre demorado en el juzgado.

jueves, 18 de septiembre de 2014

IGJ TASA ANUAL VENCIMIENTO. RESOLUCIÓN (MJDH) 1642/2014



Se fija el día 14 de octubre de 2014 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual. El importe de la tasa se determina con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables, de acuerdo a la siguiente escala:

CUENTA CAPITAL Y AJUSTE
TASA ANUAL
DE $
HASTA
0
5.000
100
5.000,01
10.000
200
10.000,01
20.000
400
20.000,01
40.000
500
40.000,01
80.000
700
80.000,01
120.000
900
120.000,01
150.000
1.100
150.000,01
200.000
1.400
200.000,01
1.000.000
1.800
1.000.000,01
2.100.000
2.300
2.100.000,01
en adelante
2.500





El incumplimiento de las obligaciones de pago, será sancionado con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el BANCO DE LA NACION ARGENTINA en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

La boleta para el pago de la Tasa puede bajarse de la pagina Web  www2.jus.gov.ar/igj-tasas/TipoTasa, pero en este momento la deben estar actualizando para el periodo 2014, ya que hasta ayer solo permitía imprimir la boleta hasta el año 2013.

martes, 14 de enero de 2014

IGJ Actualización del aplicativo de Balances. Mañana vence la firma 2013 para el aplicativo.



Mañana 15 de enero de 2014 vence la firma 2013 para el aplicativo de carga de asambleas y balances SITIGJ, el cual fue establecido por la RG (IGJ) 11/2005.
Para renovar la firma deberán eliminar las versiones anteriores del aplicativo de la PC y luego proceder a descargar la nueva versión, esto renovará la firma digital. 

Pueden bajar la versión 2014 desde ACA.

jueves, 5 de septiembre de 2013

IGJ. Tasa Anual 2013. Forma exclusiva de cálculo y emisión de boleta. Resolución (IGJ) 1385/13 y Resolución General (IGJ) 2/13



El día 20 de septiembre de 2013 vence el pago de la tasa anual de IGJ para sociedades por acciones.  El incumplimiento de las obligaciones de pago será sancionado con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
La tasa a ingresar será calculada de acuerdo a la siguiente escala:


El cálculo y emisión de la boleta de la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones se efectuará en forma exclusiva, mediante el sitio Web oficial: www.jus.gov.ar/igj a través del servicio de emisión de tasas de la página al que se puede acceder haciendo clic https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas2013/.

Una vez en el sitio deberán buscar la sociedad (por numero correlativo de sociedad o por razón social), hay dos opciones seleccionar imprimir directamente o seleccionar enviar por mail, previo a completar el dato del mismo.

 

viernes, 8 de febrero de 2013

IGJ SISTEMA DE BALANCES Y ASAMBLEAS – SITIGJ 2013.

Como todos los años se IGJ renueva el aplicativo para la presentación de los balances.

Tengan en cuenta que : los profesionales que cuenten con el manifiesto transmitido y certificado con la versión 1.2.5, tendrán tiempo hasta el día 15 de febrero para realizar la presentación en el organismo. La misma deberá ser acompañada por un manifiesto realizado mediante el SITIGJ V 2013, sin legalizar. Cumplido el plazo, solo se aceptarán las versiones correspondientes al sistema vigente.
Pueden bajar el aplicativo desde ACA.

viernes, 12 de octubre de 2012

TASA ANUAL DE IGJ YA SE PUEDE BAJAR LA BOLETA PARA EL PAGO. VENCE HOY.

A través de la Resolución 1789/2012 el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispuso que el 12/10/2012 vence el plazo para el pago de la tasa anual.

En principio la boleta de pago fue enviada por correo, pero para aquellas sociedades que no la recibieron puede ser obtenida desde hoy en la pagina de IGJ a través del servicio de emisión de tasas de IGJ.
Pueden acceder a la emisión de la boleta directamente desde ACA.
¿Cómo pagar la tasa?
Se abonan en cualquier sucursal del Banco Nación.
Las tasas se pueden abonar en efectivo o con un cheque a la orden de Banco de la Nación Argentina (aclarar al dorso, cuenta Nº 790/30). El cheque no debe tener endosos y debe ser depositado 48 hs. antes de la fecha de vencimiento de la boleta.
Tengan en cuenta que esta tasa no la están cobrando en el CPCECABA.
Consejo para contadores: Consultar con los clientes si la tasa fue recibida en el domicilio y si ya fue abonada. En los casos en que no haya sido así bajarla de la página y enviarla por mail para que la paguen hoy.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Tasa anual Inspección General de Justicia 2011. Resolución (IGJ) 1789/2012.

Se fija el día 12 de octubre de 2012 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4 de la Decisión Administrativa 46/01.

Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7 de la Decisión Administrativa N 46/01, equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el BNA en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
Los valores de la tasa que deberán abonar las sociedades por acciones ya inscriptas en la IGJ será calculada de acuerdo a la siguiente escala, determinada en relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables:



Cabe destacar que las sociedades que pagaron la tasa de constitución en 2012 quedan excluidas de la obligación de pagar la tasa anual.
En la página de la IGJ hay una opción para bajar la Tasa Anual 2011, yo probé hoy y no pude bajarla, estimo que habrá que esperar un par de días para que estén disponibles. Pueden intentar bajarla desde ACA.

miércoles, 22 de febrero de 2012

IGJ SISTEMA DE BALANCES Y ASAMBLEAS. NUEVA VERSION SITIGJ 2012 V. 1.2.5.

Para la presentación de los balances de las sociedades por acciones no comprendidas en el Art. 299 de la ley 19.550 inscriptas en IGJ es obligatorio el uso del aplicativo SITIGJ. La versión para el año 2012 ya esta disponible y pueden bajarla desde ACA.
El sistema no genera un acceso directo a la nueva versión, por lo cual es necesario después de instalarlo borrar el acceso directo de la versión anterior y crear uno nuevo para la versión 1.2.5.

lunes, 13 de febrero de 2012

IGJ Reinició la solicitud de turnos para presentar la DJ 1/2010

Es para sociedades comerciales que ya enviaron el aplicativo de declaración jurada y necesitan realizar la presentación impresa. Se darán 75 turnos por día. En cada turno se podrán presentar 5 DJ como máximo.
Pueden acceder a toda la información desde ACA

jueves, 15 de septiembre de 2011

¿Y LA TASA ANUAL DE IGJ DONDE ESTA? ¿ALGUIEN LA RECIBIO?

La Resolución 1164/11, fijó el vencimiento de la tasa anual correspondiente al año 2011, para el día 30 de Septiembre del año en curso.
Sin embargo ya estamos a mitad de mes y la boleta para el pago de la tasa todavía no puede bajarse de la pagina de IGJ y tampoco la recibieron en sus domicilios (recientemente informados en el reempadronamiento) las empresas.
Lo importante, si se vence el plazo para el pago de la tasa, la IGJ dispone una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para operaciones comerciales…
Lastima que en ningún lado la normativa fija un plazo mínimo de antelación para que las empresas dispongan de esta boleta para el pago. Si llega vencida, ¿Quién debería pagar la multa?

jueves, 1 de septiembre de 2011

IGJ Intima a las entidades civiles para la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos. Resolución (IGJ) 1227/11

La IGJ dictó la Resolución General IGJ 1 de fecha 15 de julio de 2010 que dispuso la obligación de la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.
Mediante las Resoluciones Generales IGJ 2/2010, 4/2010, 5/2010, 1/2011 y 2/2011, este organismo prorrogo los plazos de la presentación indicada, otorgándose a las Asociaciones Civiles y Fundaciones un plazo con vencimiento el día 29 de julio de 2011, el cual se encuentra vencido.
Pero de las tareas de control llevadas a cabo surge que luna gran cantidad de entidades no han dado cumplimiento con la normativa precitada, por lo cual sin perjuicio de lo establecido por el artículo 14 de la Ley 22.315 y artículo 6 de la Resolución General IGJ Nº 1/2010, la IGJ las intima para concretar el cumplimiento de las obligaciones.
Controlen si sus clientes serán intimados por la IGJ, pueden descargar el listado completo de entidades intimadas desde ACA

miércoles, 24 de agosto de 2011

TASA ANUAL IGJ. Vencimiento 30/09/2011. Resolución (IGJ) Nº 1164/2011

El día 30 de septiembre de 2011 es la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de IGJ establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
Vencida dicha fecha será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
En la página de IGJ hay una opción para la emisión de las tasas, pero yo no pude bajarlas desde ahí. ¿Alguien pudo?

jueves, 30 de junio de 2011

IGJ PRORROGA NUEVAMENTE EL VENCIMIENTO DE LA DJ 1/2010. RG (IGJ) 2/11.

Mediante la RG (IGJ) 2/2011, se prorroga el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada 1/2010. Las nuevas fechas son:
- Asoc. Civiles y Fundaciones hasta el 29 de julio de 2011 inclusive.
- Sociedades Extranjeras hasta el 30 de septiembre 2011inclusive.
- Sociedades Comerciales hasta el 30 de noviembre 2011inclusive.
La RG (IGJ) 2/2011 también establece que las entidades que hubiesen declarado sus datos en concordancia con lo inscripto en el organismo y que no adeuden tasas, ni estados contables, serán aprobadas y sus tramites finalizaran. Pero quienes hubiesen incurrido en falsedad de datos en su declaración serán sancionados mediante una multa, al igual que quienes incumplan con la presentación.

Con esta nueva prorroga la IGJ “soluciona” el problema, de la imposibilidad de solicitar turnos mediante la pagina Web, que existe actualmente.

lunes, 4 de abril de 2011

IGJ Prórroga hasta el 29/07/2011. RG (IGJ) 1/2011. Vigencia 5/4/2011

Inspección General de Justicia prorroga hasta el 29/07/2011 el plazo establecido por la RG (IGJ) 5/10 para cumplimentar con lo previsto por la RG (IGJ) 1/10, que dispone la obligación de la presentación de una Declaración Jurada para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales como así también para las asociaciones civiles y fundaciones.

jueves, 24 de febrero de 2011

IGJ Presentación de Balances y Asambleas. Aplicativo SITIGJ 2011 V 1.2.4

Los estados contables de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, cuyo cierre se produzca desde el día 31 de mayo de 2006 en adelante, y la documentación e información relacionadas, deberán presentarse obligatoriamente a través del aplicativo SITIGJ.
El 23/2/2011 caduco la versión SITIGJ 2010 1.2.3. A parir de hoy para la presentación de Balances y Asambleas deberán descargar e instalar el aplicativo SITIGJ 2011 V 1.2.4.
Pueden bajar el aplicativo desde acá SITIGJ 1.2.4.

lunes, 7 de febrero de 2011

IGJ SOLICITUD DE TURNOS PARA LA PRESENTACIÓN DE DJ DE SOCIEDADES COMERCIALES. RG (IGJ) 1/2010.

A partir de hoy a través de la pagina de la IGJ, pueden solicitarse los turnos para la presentación de las DJ de las sociedades comerciales RG 1/2010.
Si bien el plazo para la presentación por Internet de la DJ 1/2010 fue prorrogado hasta el 29 de abril de 2011, ya pueden solicitar turno aquellas empresas que ya hayan cumplido con la actualización de datos por Internet.
Para la correcta solicitud de turnos la IGJ puso a disposición un instructivo, el mismo pueden bajarlo desde ACA

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Reempadronamiento Sociedades IGJ Prorroga al 29/4/2011. RG (IGJ) 5/2010

La Inspección General de Justicia prorrogó hasta el 29 de abril de 2011 la fecha límite para el cumplimiento de lo establecido por las RG 1 y 3/10, respecto de la presentación de las Declaraciones Juradas de Actualización de Datos para las sociedades extranjeras, Asociaciones Civiles y Fundaciones y las sociedades comerciales.

martes, 9 de noviembre de 2010

DATOS A INFORMAR EN LA DECLARACION JURADA 1/2010 DE IGJ. HOJA MODELO.

El 17 de diciembre de 2010 esta venciendo la presentación de la DJ 1/2010 de IGJ, para la confección de la misma es necesario contar con el Formulario K timbrado (Ver articulo ¿Cómo obtener el formulario K?).
Por costumbre y porque nunca se sabe cuando puede salir una nueva prorroga, como metodología de trabajo siempre armo una hoja para que me quede como papel de trabajo, completo toda la información requerida y espero a estar mas cerca de la fecha de vencimiento.
Para el que le interese, pueden bajar la misma desde ACA.

martes, 26 de octubre de 2010

¿Cómo obtener el Formulario K de IGJ?

Si bien hay tiempo hasta el 17 de diciembre para todo tipo de sociedades, ya que se prorrogo nuevamente el vencimiento de asociaciones civiles y sociedades extranjeras, para poder confeccionar la Declaración Jurada es necesario tener pago el Formulario K.
Pasos a seguir para confeccionarlo:
1. Entrar a la pagina de IGJ y seleccionar la opción que dice formularios, o pueden hacer clic directamente en este link.
2. Completar datos del presentante:
DNI
Apellido
Nombre
Mail
Teléfono
3. Seleccionar tipo de entidad: SA, SRL, etc.
4. Filtrar por trámite y poner en palabra clave “DECLARACION” y hacer clic en filtrar. (Esta opción es la más rápida para encontrar el formulario).
El Tramite se llama: “PRESENTACION DECLARACION JURADA RES. GRAL 1/10”
5. Posteriormente debo seleccionar la Sociedad para la cual estoy confeccionando el Formulario K.
Para identificar a la entidad, se puede buscar por:
- Buscar por número correlativo
- Buscar por nombre de entidad
Selecciono la sociedad, cargo el código que aparece en pantalla y listo, me aparece el formulario para descargar en PDF.
Tener en cuenta:
- El Formulario K tiene una validez de 10 días corridos para abonarlo.
- Las SA tienen que pedir un libre deuda. El mismo se pide con el formulario “B”, (filtren por palabra clave “DEUDA”). El costo del mismo es de $ 75.
- Los formularios pueden abonarse en:
• IGJ: Av. Paseo Colon 285, CABA.
• CPCECABA: Viamonte 1549, CABA de 9 a 14 hs.
- Una vez abonados los formularios no vencen.