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miércoles, 11 de febrero de 2015

MORON TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE 2015



1) El Sector Industrial deberá tributar el monto que surja de aplicar a los Ingresos Brutos del bimestre, la alícuota que corresponda de acuerdo a lo establecido en la escala del punto 1.2).
1.1) El Monto Mínimo a tributar por bimestre considerará el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA), alcanzado por la Industria, determinado por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 11.459 de Radicación Industrial y su Decreto Reglamentario 1741/96 y clasificados de acuerdo a las siguientes categorías:
Categoría A: Contiene a las Industrias alcanzadas por la Categoría 1 de la Ley Nº 11.459 hasta los 10 puntos de nivel de complejidad ambiental.
Categoría B: Contiene a las Industrias alcanzadas por la Categoría 1 de la Ley Nº 11.459 desde 11 puntos de nivel de complejidad ambiental y a las de Categoría 2 de la Ley Nº 11.459 hasta los 17 puntos de nivel de complejidad ambiental.
Categoría C: Contiene a las Industrias alcanzadas por la Categoría 2 de la Ley Nº 11.459 desde 18 hasta 25 puntos de nivel de complejidad ambiental.
Categoría D: Contiene a las Industrias alcanzadas por la Categoría 3 de la Ley Nº 11.459.
Fíjase los siguientes mínimos a tributar por bimestre, para cada categoría:
Módulos
Categoría A 878,00
Categoría B 1.755,00
Categoría C 2.633,00
Categoría D 4.388,00
1.2) ALICUOTAS
Los incrementos establecidos por las Ordenanzas Nº 14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95, quedan incluidos en el monto de las alícuotas. 

 
1.3) Por el mantenimiento de la habilitación cuando se hubiere alquilado las instalaciones se abonarán los mínimos establecidos en el punto 1.1) por bimestre, según la categoría.
2) Para el Sector Comercio y/o Prestación de Servicios comprendidos en el Anexo I de la Ordenanza Fiscal deberán tributar por bimestre una alícuota de los ingresos brutos del bimestre de acuerdo a lo establecido en el punto 2.2. con la excepción prevista en el artículo 165º inciso 1 de la Ordenanza Fiscal, respecto de los montos fijos.
2.1) El cálculo del monto mínimo a tributar por bimestre, por aplicación de los apartados a), b) y c) correspondientes al inciso 1) del artículo 165º de la Ordenanza Fiscal se realizará de acuerdo a lo que establecen los siguientes puntos:
Categoría 1º - 5,62 módulos por m² hasta los primeros 70m² - mínimo a tributar 219,70 módulos.
Categoría 2º - 8,44 módulos por m² hasta los primeros 70m² - mínimo a tributar 328,90 módulos.
Categoría 3º -10,31 módulos por m² hasta los primeros 70m² - mínimo a tributar 401,70 módulos.
Categoría 4º -12,19 módulos por m² hasta los primeros 70m² - mínimo a tributar 475,80 módulos.
No quedarán alcanzados en esta categoría los rubros mayoristas que hasta el 31/12/2009 se encontrasen encuadrados en la Categoría 6º. Para estos últimos se aplicarán 9,00 módulos por m² hasta los primeros 70m² con un mínimo a tributar de 351,00 módulos.
Por cada metro cuadrado excedente de los primeros 70m² y hasta 100m² abonarán el 75% (setenta y cinco por ciento) del valor del módulo correspondiente a su categoría.
Por cada metro cuadrado excedente de 100m² y hasta 200m² abonarán el 50% (cincuenta por ciento) del valor del módulo correspondiente a su categoría.
Por cada metro cuadrado excedente de 200m² abonarán el 25% (veinticinco por ciento) del valor del módulo correspondiente a su categoría.
A la liquidación de las categorías indicadas en este punto se le adicionará el índice de la respectiva zonificación, prevista en el Anexo I de esta Ordenanza.
La actividad habilitada como vivero tributará el 50% (cincuenta por ciento) del monto que le corresponde por su rubro y zonificación.
2 .2) ALICUOTAS :
Los incrementos establecidos por las Ordenanzas Nº 14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95, quedan incluidos en el monto de las alícuotas.

martes, 27 de enero de 2015

Escalas para Seguridad e Higiene 2015 La Matanza. Ordenanza 23837/14



IMPORTANTE: EL VENCIMIENTO DE LA TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE A PARTIR DE LA POSICION DE ENERO 2015, SERA DETERMINADO POR EL ULTIMO DIGITO DEL CUIT DEL CONTRIBUYENTE.


ESCALA ESPECIAL PARA INDUSTRIAS
 
CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL. 

 
CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL.

 
 
ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL

 
  
ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL

 
  

martes, 8 de julio de 2014

Recordatorio: Vencimiento DJ Anual de la Tasa de Seguridad e Higiene de La Matanza.



Este mes vence la presentación de la DJ Anual de la TISH La Matanza, el siguiente es el cronograma de vencimientos según si el contribuyentes es pequeño, mediano o grande.

martes, 25 de junio de 2013

RECORDATORIO: VENCIMIENTO DJ ANUAL TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE LA MATANZA.

Durante el mes de julio vence el plazo para presentar la DJ Anual de la Tasa de Seguridad e Higiene de La Matanza. Las fechas varían en función de si son pequeños, medianos o grandes contribuyentes. Pueden ver el cronograma de vencimientos a continuación.

lunes, 3 de septiembre de 2012

TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE MORON REDUCCION DEL DESCUENTO A GRANDES CONTRIBUYENTES A PARTIR DE SEPTIEMBRE 2012.

A través del decreto 1317/2012 la Municipalidad de Morón modifica el descuento por pago en tiempo y forma sobre la Tasa de Seguridad e Higiene pasando a partir del devengado septiembre 2012 a ser del 10% (anteriormente 20%).

viernes, 10 de febrero de 2012

Tasa de Seguridad e Higiene Grandes Contribuyentes Moron. Año 2012

El Municipio de Morón modficó para el año 2012 las bases imponibles para grandes contribuyentes. Las nuevas alícuotas son las siguientes:

jueves, 2 de febrero de 2012

TASA POR SEGURIDAD E HIGIENE 2012 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

La Tasa por Seguridad e Higiene de la Municipalidad de San Miguel para el año 2012 sufrió cambios en los mínimos. Los nuevos valores son los siguientes:

El pago de la Tasa para el año 2012 vence según el siguiente cronograma:

martes, 24 de enero de 2012

LA MATANZA TASA POR SEGURIDAD E HIGIENE MODIFICACIONES 2012

Ordenanza tarifaría 2012 Nº 22.032/2011
52) ESCALA ESPECIAL PARA INDUSTRIAS
A los efectos de la aplicación de la escala especial se entenderá por industria todos aquellos establecimientos donde, a través de un proceso de tipo industrial, se produzca la transformación de materias primas en productos manufacturados.
CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL. Base imponible en $



De Hasta Fijo Más el %o S/el exc. de $
$ 0.- $ 126.000.- --- 5%o ---
$ 126.001.- $ 420.000.- $ 630.- 6%o $ 126.000.-
$ 420.001.- En adelante $ 2394.- 7%o $ 420.000.-

Mínimo para escala especial para industrias para contribuyentes de pago mensual $ 73

CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL Base imponible en $



De Hasta Fijo Más el %o S/el exc. de $
$ 0.- $ 252.000.- ---- 5%o ---
$ 252.001.- $ 840.000.- $ 1260.- 6%o $ 252.000.-
$ 840.001.- En adelante $ 4788.- 7%o $ 840.000.-

53) Sistema Especial



53) Sistema Especial: Escala Ingresos Brutos Categoría Tasa a pagar ( $ )
124000B 62,00
236000C 70,00
348000D 79,00
472000E 122,00
596000F 162,00
6120000G 203,00
7144000H 243,00
8200000I 348,00
9235000J 409,00
10270000K 470,00
11300000L 522,00

El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Economía y Hacienda, estará autorizado a adecuar la escala precedente cuando se modifique el parámetro Ingresos Brutos establecido por la Ley 25.865 - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes - (Monotributo). El importe a tributar por cada uno de los niveles de Ingresos Brutos que se agreguen, deberá guardar una relación similar con la facturación anual, a la que observan los actuales valores de la tasa.
54) Por las actividades que no se hallaren específicamente determinadas en los incisos precedentes, la tasa se calculará aplicando la siguiente escala general sobre el monto de base imponible, y el importe mínimo a tributar será de $ 73 para los contribuyentes de pago mensual y $ 146 para los contribuyentes de pago bimestral

ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL



De $HastaFijoMas el %o. S/el exc. de $
020.38405%o. 0,00
20.38577.896101,936%o. 20.384,00
77.897en adelante 446,997%o. 77.896,00

Mínimo para escala general para contribuyentes de pago mensual $73

ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL



De $HastaFijoMas el %o. S/el exc. de $
040.76805%o. 0,00
40.769155.792203,856%o. 40.768,00
155.793en adelante 893,987%o. s/exc

Mínimo para escala general para contribuyentes de pago bimestral $ 146

lunes, 12 de septiembre de 2011

TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE MUNICIPALIDAD DE MORON

Para aquellos que liquidan la TISH de Morón, les comento que hubo cambios con respecto al certificado digital, el mismo ya no se renovará cada año, directamente podrá ser utilizado en cualquier máquina ingresando a la página de Grandes Contribuyentes www.moron.gov.ar/grandescontribuyentes en el link "si usted ya instaló".
Si están intentando liquidar la tasa, notaran que la página no esta funcionando con normalidad.
Tengan en cuenta también que desde ahora, sólo se podrá solicitar blanqueos de contraseñas por mail o bien personalmente presentando una nota con el membrete de la empresa.

miércoles, 6 de julio de 2011

Tasa de Seguridad e Higiene La Matanza. Declaración Jurada Anual. Vencimientos 2011.

El 12 de Julio comienza a vencer la presentación de la DJ anual de Seguridad e Higiene en el partido de La Matanza.

Recuerden que pueden acceder a los formularios en Excel para la confección de la DJ Anual desde ACA.

sábado, 23 de abril de 2011

TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE SAN MIGUEL – DECLARACION JURADA ANUAL. VENCIMIENTO 29-4-2011.


El próximo viernes 29 de abril vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Seguridad e Higiene de la Municipalidad de San Miguel.
Pueden bajar el formulario para su presentación desde ACA.
Recuerden que:
1. Se presenta por duplicado.
2. Deben llevar original y 1 fotocopia de los pagos realizados durante el periodo 2010.

lunes, 3 de agosto de 2009

¿Como liquidar la Tasa de Seguridad e Higiene de la Municipalidad de Moron?


Son sujetos pasivos y están obligados a abonar la Tasa: las personas físicas y jurídicas que desarrollan actividades vinculadas con la transacción de bienes y/o servicios con carácter oneroso o no, dentro del Partido de Morón, sean ellas comerciales, industriales, financieras, de servicios públicos o privados y concesiones de obras publicas.
La determinación de la tasa se efectúa mediante Declaración Jurada, en formulario que, a tal efecto, entrega la Municipalidad, pero para los denominados “Grandes Contribuyentes”, la liquidación se efectúa mediante la página del municipio, este es el link para ingresar directamente y bajarse y guardar el certificado de seguridad, necesario para poder hacer la liquidación por Internet.
Acá les dejo la planilla en excel para hacer la liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene en Moron. Espero les sirva!

lunes, 27 de julio de 2009

¿Como liquidar la Tasa de Seguridad e Higiene de la Municipalidad de La Matanza?

Esta tasa se liquida en base a los ingresos brutos devengados durante el período fiscal, obtenidos por las ventas y/o cesiones y/o permutas de bienes, servicios, comisiones, intereses, honorarios, compensaciones de servicios, transacciones en especies y/o cualquier otro ingreso facturado bajo cualquier denominación.
Les dejo una planilla excel para facilitar la liquidación de la misma. Espero les sirva.