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domingo, 12 de abril de 2015

¡NOS MUDAMOS! Contadores en Red tiene dominio propio.

Hola a todos, después de 6 años de utilizar este blog decidí mudarlo a un dominio y hosting propio. 
Fue una decisión que me costo mucho tomar (creo que la aversión al cambio es en gran parte culpa de la AFIP y sus cambios constantes en su pagina web...) pero era necesario ya que este año tengo varios proyectos para mejorar el blog y hasta ahora con el formato actual, se me hacia imposible.
Toda la información que existía en el blog esta ahora en la pagina www.contadoresenred.com y espero poder agregar nuevas secciones próximamente
Los invito a conocer la nueva, espero que les guste y siga siendo de utilidad.

miércoles, 1 de abril de 2015

EL SERVICIO “PRESENTACION Y PAGO” DE AFIP NO ESTA FUNCIONANDO.



Si estan intentando presentar una DJ, van a tener que esperar “unos minutos” ya que el sistema de AFIP no funciona esta funcionando por el momento.

lunes, 30 de marzo de 2015

IMPORTANTE PARA CONTADORES DE ZONA OESTE DEL GBA: A PARTIR DEL 31/3/2015 EL PARTIDO DE HURLINGHAM PASA A LA AGENCIA 14 DE AFIP. DISPOSICIÓN (AFIP) 52/2015.



Según el Art. 2 se determinar que el partido de “Hurlingham” perteneciente a la jurisdicción de la
Agencia Nº 64 pase al ámbito de la Agencia Nº 14, ambas existentes en el ámbito de la Dirección Regional Oeste, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.

Si bien en el Art. 6 de la misma se establece que  esta medida entrará en vigencia a partir de los 60 días
corridos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial (2/2/2015), un colega me aviso que en la Agencia Nº 64 le informaron que hoy era el ultimo día que atendían a contribuyentes del partido de Hurlingham y que a partir de mañana debería dirigirse a la Agencia Nº 64.

domingo, 1 de marzo de 2015

Contadores en red cumple 6 años en la web.

Un domingo como hoy pero hace ya 6 años prendí la compu (que aun hoy sigo utilizando) y escribí la primer nota en el blog. Pasaron muchas cosas desde ese día, la cantidad de colegas que leen el blog, que consultan y que aportan desinteresadamente aumento mas allá de toda expectativa. Hoy no deja de sorprenderme todo lo que se fue generando alrededor de este espacio, la gente que (personal o virtualmente) me permitió conocer y la inmensa cantidad de proyectos que se están gestando alrededor del mismo.
No se que me llevo ese domingo a publicar esa primer nota, pero quiero aprovechar la oportunidad para darles las gracias, no hubiese podido hacerlo sin ustedes del otro lado.

miércoles, 24 de diciembre de 2014

viernes, 7 de noviembre de 2014

CORTITAS Y AL PIE. ¡NOVIEMBRE MARATON DE NOVEDADES IMPOSITIVAS!




Noviembre llego con demasiadas novedades juntas, pequeño resumen:
1. ALTA DE PUNTOS DE VENTA PARA MONOTRIBUTISTAS: Con la RG (AFIP) 3666 a partir del 1/11/14 es obligatorio solicitar el CAI a través de la pagina de AFIP. Sin embargo la principal duda es ¿Qué punto de venta utilizar? ¿Sigo con el Nº 1 o habilito punto nuevo? Las respuestas son variadas (incluso me han respondido que ¡se puede utilizar el punto de venta que a uno le guste!) y la norma solo aclara que debe comenzar desde el 00000001 y ser distinto al de otro medio utilizado. Mi conclusión: Si el medio sigue siendo manual (aunque ahora con CAI) y aclara que debe comenzar desde el 00000001 para mi se sigue con mismo punto de venta.
2. ART BASE AMPLIADA SOBRE NO REMUNERATIVOS: Después de varias consultas me confirmaron que no corresponde incluir los conceptos establecidos en el ART. 7 de la ley 24241  Art. 7 - No se consideran remuneración las asignaciones familiares, las indemnizaciones derivadas de la extinción del contrato de trabajo, por vacaciones no gozadas y por incapacidad permanente provocada por accidente del trabajo o enfermedad profesional, las prestaciones económicas por desempleo, ni las asignaciones pagadas en concepto de becas. Tampoco se considera remuneración las sumas que se abonen en concepto de gratificaciones vinculadas con el cese de la relación laboral en el importe que exceda del promedio anual de las percibidas anteriormente en forma habitual y regular.”
3. LEY 26940 PROMOCION DEL EMPLEO: Estoy terminando una guía que espero poder subir la semana próxima. Lo mas importante es tener en cuenta que hasta el 28/11/2014 los Microempleadores podrán rectificar los periodos 8 y 9 utilizando los códigos de reducción y generando saldo a favor.
4. ART SERVICIO DOMESTICO: Si a partir de noviembre se debe abonar la ART para los domésticos. Sin embargo y aunque ya esta disponible el formulario  F102RT.pdf
en la pagina de AFIP los banco todavía no tienen habilitados el código en el sistema para pagarlo.
5. ALTA DE PUNTO DE VENTAS PARA RESPONSABLES INSCRIPTOS: Puede que les aparezca errores de varios tipos al utilizar el sistema y el motivo es que todavía no funciona correctamente.
6. E-ARCIBA: Funciona mal y con errores. Si llaman a AGIP les van a ofrecer como única solución que presenten con el sistema anterior.  

martes, 27 de mayo de 2014

SE VA TERMINANDO MAYO Y DE A POCO VUELVO A VER LA LUZ



No se si fue el feriado puente del 1 y 2 de mayo, si fue el agotamiento que me provoco el vencimiento de Ganancias o si simplemente cada vez son mas las obligaciones que se acumulan en mayo, pero se me hizo casi imposible compartir las tareas que estaba haciendo día a día, por suerte, excepto por el nuevo plan de facilidades cuya RG recién de conoció hoy, no hubo grandes novedades impositivas; pero lamentablemente si una larga lista de obligaciones a cumplir de las cuales hice una lista como para controlar no olvidarme ninguna (espero el próximo año publicarla los primeros y no los últimos días de mayo):

1º EMPADRONAR A LOS OBLIGADOS A UTILIZAR FACTURA ELECTRONICA: Según el calendario publicado por la RG (AFIP) 3571/13 quedaron obligados los mencionados en el Grupo 2 “Servicios Inmobiliarios y de Alquiler”.
2º CIERRES DE BALANCE Y PRESENTACION DE DJ GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS: A partir del 12 de mayo, comenzó el vencimiento de la presentación de la DJ de Ganancias. Para aquellos que todavía no terminaron los balances de presentación, el año pasado subí una lista control para los cierres de balance, la pueden bajar desde ACA.
También es de gran utilidad el material subido a la pagina del CPCECABA dentro de Reuniones Científicas y Técnicas denominado “Actualización contable para cierres de ejercicio 2013” pueden bajarlo desde www.cpapp.cponline.org.ar.
3º PRESENTACION DE DJ DE “BIENES PERSONALES ACCIONES Y PARTICIPACIONES”: También con vencimiento a partir del 12 de mayo (recuerden que están vigente el plan de pagos de la RG 984).
4º CALCULO DE LOS COEFICIENTES UNIFICADOS PARA CONVENIO MULTILATERAL: Si bien la presentación del CM 05 vence a finales de junio, el coeficiente unificado para el año 2014 se comienza a utilizar para el periodo de abril que vence en mayo, junto con el ajuste de los periodos de enero a marzo.
Por lo que la parte mas pesada del CM 05 tiene que estar “lista” para el 13 de mayo que es cuando comienzan a vencer los CM 03. Recuerden que en el blog hay una planilla Excel para el calculo de los coeficientes, pueden bajarla desde ACA.
5º VENCIMIENTO RECATEGORIZACION Y DJ INFORMATIVA MONOTRIBUTO: El 20 de mayo venció la Recategorizacion en el Monotributo, por primera vez tuve que hacer una Recategorizacion fuera de fecha (por culpa del cliente obviamente) y puedo asegurarles que el sistema sigue permitiendo recategorizar después del 20 de mayo. Yo tuve problemas para recategorizar utilizando el Mozilla Firefox y solo pude hacerlas utilizando el Explorer. Para quienes todavía no terminaron y quieren hacer un repaso les dejo este material con los puntos clave que prepare hace un par de años, lo único que se modifico fue el valor de los parámetros pero no las leyes de fondo Recategorizacion-Monotributo-Puntos-Claves.
6º VENCIMIENTO DE LA PRESENTACION DE INFORMACION PARA EL REGISTRO DE EMPLEADORES DE CABA: Vence el 31 de mayo y obliga a todos los que tienen domicilio legal en CABA, tengan o no empleados en esa jurisdicción. Para el que todavía no lo presento pueden leer como se presenta y que se informa en esta nota Registro-de-empleadores-on-line-caba.
En resumen, eso fue todo lo que estuve haciendo durante este mes, ¡Espero no haberme olvidado de nada!

lunes, 17 de marzo de 2014

Falleció Ángel Horacio Sánchez un héroe anónimo de nuestra profesión.



No lo conocí en persona pero intercambiamos varios mails, en los cuales yo siempre le estaba pidiendo permiso para utilizar sus planillas Excel. Esos Excel para importar datos que muchísimos de ustedes utilizan y que agradecen que alguien se haya tomado el trabajo de hacerlos.
No lo conocí, sin embargo se le notaba la generosidad desde el otro lado de la pantalla.
Leí la noticia y me quede helada. Que pocas palabras hay para expresar la tristeza que generan las perdidas de personas que estimamos. Por eso, en este espacio tan pequeño, quiero volver a agradecerle a Ángel Horacio Sánchez sus aportes y decirle que para mi fue un héroe en esta profesión que a veces se nos hace tan dura.

miércoles, 5 de marzo de 2014

¡CONTADORES EN RED CUMPLE 5 AÑOS!


Definitivamente nunca imagine que este proyecto podía durar tantos años, fue creciendo de a poco y gracias a todos los que lo leen y se lo recomiendan a un colega.
Este espacio paso de tener un puñado de lectores (todos conocidos) a tener mas de seis mil suscriptores por mail, un numero increíble de personas que no conozco pero de los cuales recibo consultas, aportes y mails de agradecimiento, esa generosidad es la que me motiva todos los días a seguir adelante.
¡Gracias por estar del otro lado!

viernes, 1 de marzo de 2013

¡Contadores en red cumple 4 años!

Es inevitable hacer una balance de todas las cosas que pasaron estos últimos 4 años, mirando hacia atrás nunca me imagine que este pequeño espacio iba a crecer tanto, los primeros lectores fueron los chicos que formaban parte de la Subcomisión de Jóvenes Profesionales del CPCEPBA de Morón, hoy puedo decir que no conozco a la mayoría de los que utilizan el blog, pero los siento cerca.


Tampoco pensé hace 4 años que me iba a permitir contactar a otros colegas que también comparten la filosofía de “compartir la información” desinteresadamente y sin embargo acá estoy agradeciendo después de 4 años a cada uno de ustedes que están ahí del otro lado, permitiendo que este espacio crezca y sea útil para todos.

Y hablando de compartir la información desinteresadamente la gente de Tributum nos envió este Cronograma de Vencimientos de las DJ de Ganancias y Bienes Personales 2012 por nuestro aniversario ¡Gracias Mario!

jueves, 7 de febrero de 2013

RESUMEN DE NOVEDADES DE ENERO 2013

NOVEDADES PROVINCIALES

Me limito solamente a las jurisdicciones en las cuales actúo (los colegas de otras provincias espero sepan disculparme).
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
1. Ley Nº 4387 Defensa al consumidor. Devolución o cambio de productos. Nuevos carteles de exhibición obligatoria en locales.
Se modifica la Ley 3281 que prevé que toda devolución o cambio de productos que se realice en el marco de las relaciones de consumo conforme normativa de defensa del consumidor en establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas.
El artículo 3 que previera que en los supuestos de devolución o cambio se respetará el valor del producto al momento de la compra, se agrega que en el caso de productos no perecederos tales devoluciones o cambios podrán efectuarse dentro de los 30 días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Cuando por cualquier medio una de las partes pretenda establecer un plazo menor, se entenderá vigente el plazo de 30 días corridos.
En lo que respecta al artículo 7 se obliga a los establecimientos a informar del contenido de esta ley mediante carteles visibles ubicados uno en sector de cajas y otro en vidriera o lugar destacado del establecimiento, los cuales se agrega específicamente deberán decir:
"Los cambios o devoluciones pueden realizarse en cualquier día y horario de atención al público. En el caso de productos no perecederos tales devoluciones o cambios podrán efectuarse dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Ley 3281".
2. Deber de información. Obligación de informar los precios al por mayor como al por menor por teléfono o correo electrónico. Ley 4435.
Se establece la obligación de:
1. Informar los precios al por mayor como al por menor por parte de todos los proveedores, sobre los precios vigentes de los productos que comercialicen, tanto en la venta al por mayor como por menor.
2. Disponer de un teléfono y correo electrónico para consultar los precios. Deberán comunicar en sus páginas Web, en toda publicidad gráfica y demás formas de comunicación habitual con sus clientes, el teléfono y correo electrónico que esté disponible para recibir llamadas o mensajes de parte de los consumidores, sobre los precios que deseen obtener de los productos que comercializan.
3. Obligación de dar la información por todos los productos. Estarán obligados a suministrar todos los valores que se requieran por parte de los consumidores, sobre los productos a la venta, no pudiendo limitarse solamente a las ofertas o promociones vigentes al momento de la comunicación.
Ante cualquier infracción a la presente, el régimen procedimental aplicable es el establecido en la Ley 757 (Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario, conforme la aplicación de la Ley Nacional 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor).
Se exceptúan de las obligaciones impuestas en la presente ley a los proveedores definidos como micro y pequeñas empresas, conforme los términos de la Resolución 21/2010 de la SEPYME, Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de Desarrollo Regional del Ministerio de Industria, o lo que en el futuro la reemplace.
3. Modificaciones en el Código Fiscal por la Ley 4.469 y las de la Ley Tarifaria por la 4.470. Con vigencia a partir del 1 de enero de 2013.
- Se incorpora el artículo 179 bis: Multipropietarios: Cuando un contribuyente tuviera la titularidad dominial y/o usufructo (total o parcial) de cuatro o más inmuebles, se presume, a partir del cuarto inmueble -inclusive- un valor locativo computable sobre el cual deben tributar el impuesto sobre los ingresos brutos, independientemente de la situación de ocupación o uso del mismo. Se tomarán como propios los de la sociedad conyugal, debiendo tributar el integrante con mayor cantidad de inmuebles y los cedidos gratuitamente a hijos menores y padres. La base imponible será el valor locativo de mercado, el que nunca podrá ser inferior al 20% de la valuación fiscal homogénea establecida para los gravámenes inmobiliarios.
- Artículo 207 (inicio de actividades): Se ha eliminado el pago a cuenta por el inicio de actividades.
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
1. Actividades de comercialización (mayorista y minorista), de prestaciones de obras y/o servicios.
Para las actividades con ingresos brutos totales anuales en el ejercicio fiscal anterior inferiores a $ 38.000.000: 3%. Actividades que superen los $ 38.000.000: es del 4% o 5%, dependiendo de qué actividad se trate.
2. Producción de bienes: se fijaron las siguientes alícuotas:
Actividades con ingresos brutos totales anuales en el ejercicio fiscal anterior inferiores a $ 38.000.000: 3%.
Actividades que superen los $ 38.000.000: 4%.
3. Producción industrial : Se mantiene la alícuota del 1% fijada para las actividades de producción industrial desarrolladas en establecimientos radicados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto cuenten con la debida habilitación otorgada por el Gobierno de la Ciudad.
4. Construcción
Para las actividades con ingresos brutos totales anuales en el ejercicio fiscal anterior inferiores a $ 38.000.000: 3%.
Actividades que superen los $ 38.000.000: 5,00%.
- Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Se modificó el monto que no debe superarse por las actividades alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el período fiscal inmediato anterior al que se trata, ingresos brutos totales (gravados, no gravados, exentos) inferiores o iguales a $ 200.000 (antes $ 144.000).

PROVINCIA DE BUENOS AIRES
1. Intereses aplicables a las obligaciones tributarias. RN (ARBA) 61/2012
Se establece para el ejercicio fiscal 2013, los siguientes intereses:
1. Demandas de repetición de tributos y sus accesorios: 1% mensual, no acumulativo.
2. Falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores y Embarcaciones Deportivas o de Recreación, a la Transmisión Gratuita de Bienes, a la Venta de Energía Eléctrica (Art. 72 bis Ley 11769) y Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales; anticipos, retenciones, percepciones, demás pagos a cuenta y multas, desde sus respectivos vencimientos y hasta la fecha de pago: 3% mensual, no acumulativo.
3. Cobros por vía de apremio de los conceptos adeudados por los contribuyentes y responsables, detallados en el inciso anterior, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el efectivo pago: 4% mensual, no acumulativo.
2. Exclusión del régimen de retención sobre los créditos bancarios. Resolución. RN (ARBA) 66/2012
Se modificó el procedimiento que deben cumplir los contribuyentes no alcanzados por el impuesto, para lograr su exclusión del mencionado régimen de retención.
Para tales fines deberá utilizarse el aplicativo disponible en la página Web del organismo. www.arba.gov.ar/SUR/TipoReclamoDispatch.do
De aceptarse el pedido, la baja se efectivizará a partir del mes siguiente o subsiguiente, según se hubiere resuelto. En caso de ser rechazado, se podrá realizar el reclamo correspondiente.
3. Modificaciones dispuestas en el Código Fiscal y la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal del año 2013, establecidas por la Ley 14.394 (BO 15/11/12).
- Se incrementaron las multas por no presentación de DJ a $ 300 (antes $ 200), las que se elevarán a $ 600 (antes $ 400) si se tratare de sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas regularmente o no. En el caso de los agentes de recaudación, se mantiene en $ 4.000.
- Alícuotas generales, comercio mayorista y minorista:
1. Art. 21 inc. A) Alícuota general: 5,00%
Con ingresos inferiores a 40 millones y establecimiento en provincia: 3,50%
Con ingresos inferiores a 1 millón: 3,00%
Alícuotas sin cambio respecto de Ley 14.357
Alícuotas según Ley 14.333 (1) (Art. 20 inc A): 4,50% y 3,00%
Alícuotas generales producción primaria y producción de bienes:
2. Art. 21 inc B) Alícuota general: 3,50%
Con ingresos superiores a los 500.000: 4,00%
Con ingresos superiores a los 30 millones: 5,00%
Alícuotas según Ley 14.357(2): 3,5% y 5%
Alícuotas según Ley 14.333 (Art. 20 inc. B): 3,50% y 4,50%
Alícuotas generales producción primaria, producción de bienes y otras:
3. Art. 21 inc C) Alícuota general: 4,00%
Con establecimiento en provincia: 1,75%
Para determinadas actividades 1% (si no superan los 60.000.000).
Con ingresos inferiores a los 60 millones: 0,50%

NOVEDADES LABORALES Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1. Plan Nacional de Regularización del Trabajo. Resolución 22/2013 Secretaría de Trabajo.
Se deroga el régimen anterior y establece uno nuevo. Novedades:
- No establece un importe mínimo para su utilización.
- 24 es el número máximo de cuotas.
- El acogimiento deberá manifestarse antes del inicio de la ejecución judicial de la multa e implica el expreso reconocimiento de la infracción y la renuncia a interponer cualquier descargo, recurso o reclamo
administrativo o judicial.
- La falta de pago de cualquiera de las cuotas implica la mora automática y la caducidad de los plazos otorgados en el plan de pago haciendo exigible el saldo adeudado más sus intereses.
- El sistema francés de amortización es el utilizado para el cálculo de los intereses.
2. "Registro de Empleadores on line". Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Resolución de la Subsecretaría de Trabajo 22/2013 publicada en el Boletín Oficial del GCBA el 14/01/2013 establece que la carga de contenido de la información requerida por el registro de empleadores online correspondiente al ejercicio fiscal 2012, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2013.
El Registro de Empleadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se crea para satisfacer los requerimientos legales de la Ley 265 y de la Ley 120 de Empleo de la Ciudad.
3. El Salario Mínimo Vital y Móvil vigente a partir del 1/2/2013 es de $ 2.875.
El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) subió de 2.300 a 2.875 pesos a partir del 1/2/2013, de esta manera, entra en vigor el acuerdo por los empresarios, los trabajadores y el Gobierno en el último encuentro del Consejo del Salario, celebrado el 28 de agosto de 2012.
La actualización tendrá vigencia hasta el 31 de julio próximo e implica que los trabajadores registrados no podrán cobrar menos de $115 por día ni menos de $14,38 por hora.

NOVEDADES PROFESIONALES (Aumenta, todo Aumenta)
1. Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Honorarios mínimos sugeridos. Nuevo valor del módulo a partir del 01/01/2013. Resolución (CD) Nº 120/2012.
Se establece el valor del módulo para los honorarios mínimos sugeridos (dispuesto por el Anexo de la R. (CD) 63/2007) en un valor de $ 45,40, a partir del 1 de enero de 2013.
2. RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO PBA Nº 3478/2012
El nuevo valor del caduceo con vigencia a partir del 01-02-2013 es de $21,50.
La Resolución del Consejo Directivo N° 3475 establece los dos primeros anticipos al pago del Derecho de Ejercicio Profesional 2013. DEP 2013
1er. Anticipo: $ 320. Jóvenes: $ 175.
2do. Anticipo: $ 320. Jóvenes: $ 175.

NOVEDADES SOCIETARIAS
1. Inspección General de Justicia. Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. Resolución General (IGJ) Nº 16/2012
Se establece la obligatoriedad de la presentación de una declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente, por parte de administradores y miembros del órgano de fiscalización de sociedades comerciales y sociedades extranjeras, como así también integrantes del órgano de administración y fiscalización de asociaciones civiles y fundaciones.
La DJ deberá presentarse al momento de solicitar la inscripción de la constitución de la entidad o la autorización para funcionar con carácter de persona jurídica o con cada inscripción o toma de nota de designación o cesación de autoridades.
Esta obligación puede ser incluida en el texto de la escritura pública. En esos casos, deberá remitirse digitalmente la información y adjuntar el comprobante de transacción, el cual deberá estar suscripto por el mismo profesional que intervino en la escritura pública.

lunes, 17 de diciembre de 2012

¡FELIZ DIA DEL CONTADOR!

Hoy es nuestro día, a todos los que están del otro lado y comparten esta profesión les deseo un MUY FELIZ DÍA y les dejo una frase para leer todos los días y empezar la jornada motivados.

lunes, 9 de abril de 2012

ATENCION CONTADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Este es un mensaje para todos los contadores de la Provincia de Buenos Aires, el día sábado 7 de abril a las 17 hs. se incendió el edificio de la Delegación Morón, momentáneamente se tomaran los trámites en La Receptoría La Matanza, cita en la calle Entre Ríos 3026 ,San Justo, TE: 4482-6979.
Esta es una noticia muy triste para todos aquellos que participamos de las actividades en la Delegación.
Aquellos colegas que hayan constituido el domicilio en la Delegación por favor comunicarse a los siguientes teléfonos: Estudio Vecchio-Cacosso 4450-0330 o 4116-9924 con el objeto de arbitrar los medios para hacer un seguimiento de las notificaciones a fin de no tener inconvenientes con los vencimientos.

jueves, 1 de marzo de 2012

¡Contadores en red cumple 3 años!

¡El tiempo pasa tan rápido! Hace ya 3 años de la creación de este blog al que cada día veo sumarse nuevos lectores.
En esta profesión que es un poco solitaria tener un espacio donde poder intercambiar opiniones me hace sentir mas acompañada, espero que a ustedes también.
Gracias a todos por estar del otro lado, por opinar y compartir información.
Sigo recibiendo más de lo que me imaginaba posible, fueron 3 años increíbles.
¡Vamos por más!

miércoles, 20 de julio de 2011

¡FELIZ DIA DEL AMIGO COLEGA!

A todos los que participan, consultan o simplemente leen este Blog, quiero desearles un muy feliz día.

Y bajo la consigna “NUNCA NADIE SE HIZO POBRE DANDO” los quiero invitar a participar, aportando alguna nota, Excel, experiencia profesional que hayan tenido y que crean que puede serle útil a otro colega.
Pueden enviarlas al mail contadoresenred@live.com.ar junto con sus datos personales para que pueda publicarlas. La idea es promover la ayuda entre profesionales. ¡Ojalá les interese la idea!

lunes, 28 de febrero de 2011

¡¡Contadores en red cumple 2 años!!

Hace 2 años nacía contadores en red. Cree este espacio donde poder compartir las experiencias diarias que esta profesión nos hace atravesar.
No esperaba nada, solo aportar lo poco o mucho que uno sabe y que a otros puede servirles, sin embargo recibí mas de lo que podia imaginar.
El esfuerzo que significa actualizar este blog se paga con creces con cada opinión, con cada pregunta, con cada uno de los aportes que ustedes, que estan del otro lado, hacen día a día.
Por eso, porque a Contadores en red lo hacemos entre todos, hoy quiero agradecerles que esten ahí leyendo estas palabras.

jueves, 20 de enero de 2011

CERRADO POR VACACIONES!

Me olvide de comentarles que hasta el 31 de Enero, no va a haber actualizaciones en el blog ya que me fui de vacaciones!!!
Sepan disculpar las molestias.
Saludos desde La Patagonia.
Carla

jueves, 4 de marzo de 2010

LA MESA DE AYUDA DE AFIP NO FUNCIONA

Aunque el mail que envía la mesa de ayuda al realizar una consulta vía mail dice que es “momentáneo”, desde hace ya mas de 2 meses que AFIP no contesta las consultas vía mail.
Pero por lo menos ahora envía este simpático mail:
Le informamos que esta Mesa de Ayuda se encuentra momentáneamente con imposibilidad de responder a su consulta.
Con el objetivo de otorgar más y mejores servicios le brindamos a continuación información de utilidad que le servirán para evacuar su consulta hasta que el servicio se encuentre reestablecido:
1 – Acceda aquí para consultar otros canales de contacto.
2 – Acceda aquí para ingresar al "ABC – Consultas y respuestas frecuentes" donde podrá visualizar las consultas y respuestas más frecuentes sobre la normativa, aplicativos y sistemas ABC
3 – Accesos directos a:
1. Agenda de Vencimientos
2. Biblioteca Electrónica
3. Dependencias.
4. Guía de Trámites.
5. Reclamos y Sugerencias.
En caso de subsistir su consulta, solicitamos nos envíe más tarde un nuevo correo electrónico.
Desde ya muchas gracias por su colaboración.
Administración Federal de Ingresos Públicos

martes, 29 de diciembre de 2009

NUEVOS VALORES TASA DE ACTUACION PROFESIONAL

NUEVOS VALORES TASA DE ACTUACION PROFESIONAL
ESTAMPILLAS CERTIFICACIONES. A PARTIR DEL 01/01/2010.


Color verde $72.- de la 1° a la 5° copia inclusive
Color azul $54.-de la 6° a la 15° copia inclusive
Color rojo $44.- en adelante

jueves, 3 de diciembre de 2009

Régimen de Equipaje. Egreso de Argentinos/Residentes.


La AFIP implementa un nuevo servicio, para que antes de salir del país, se informe sobre las normas que deberá tener en cuenta.
Mediante este nuevo simulador, e ingresando muy pocos datos, podrá conocer información relacionada con la normativa relativa al egreso del país:
- Normas relativas al egreso de valores (dinero en efectivo, metales preciosos, cheques de viajero y/o otras divisas)
- Bienes importados
- Viajes con animales
- Viajes con un automotor
Pueden ingresar al simulador para conocer su situación haciendo click ACA.