Según el Art. 2 se determinar que el partido de “Hurlingham”
perteneciente a la jurisdicción de la
Agencia Nº 64 pase al ámbito de la Agencia Nº 14, ambas
existentes en el ámbito de la Dirección Regional Oeste, dependiente de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.
Si bien en el Art. 6 de la misma se establece que esta medida entrará en vigencia a partir de
los 60 días
corridos contados desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial (2/2/2015), un colega me aviso que en la
Agencia Nº 64 le informaron que hoy era el ultimo día que atendían a contribuyentes
del partido de Hurlingham y que a partir de mañana debería dirigirse a la
Agencia Nº 64.

1 comentario:
Ufff que desgracia la 64 atiende muy bien, nada que ver con la 14 que dan mil vueltas para hacer un trámite.
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