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lunes, 30 de septiembre de 2013

AFIP - Horario de atención al público. Disposición (AFIP) 419/2013



Se fija para todas las dependencias de la AFIP un nuevo horario laboral y de atención al público, de carácter fijo y permanente a partir del 1 de octubre de 2013, a saber:
 
 - En las dependencias con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires de 9.00hs a 17.00hs, habilitándose los "turneros" entre las 10.00hs y las 16.00hs.
 
 - En las dependencias con asiento en el interior del país: de las 8.00hs a las 16.00hs, habilitándose los "turneros" entre las 9.00hs y 15.00hs.
 
 Las jefaturas de las áreas operativas del Organismo quedan facultadas para implementar, hasta el 31 de diciembre de 2013, las medidas necesarias que faciliten al personal la adecuación al nuevo horario laboral. Lo dispuesto precedentemente en nada afectará las jornadas hábiles operativas aduaneras aprobadas por la RG (AFIP) 665.

martes, 25 de septiembre de 2012

AFIP Horario laboral y de atención al público. Disposición (AFIP) 338/2012

Se establece para todas las dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas.

La presente tendrá vigencia a partir del 1 de octubre de 2012.

lunes, 10 de septiembre de 2012

Horario de atención al público AFIP. Disposición (AFIP) 312/2012

Se prorroga a partir del 1 de septiembre de 2012 y por el término de 30 días corridos la vigencia del horario establecido en el artículo 2 de la Disposición (AFIP) 455/11, es decir que el horario de atención al público, para todas las dependencias de la AFIP, durante los períodos comprendidos entre el 1 de mayo y el 30 de setiembre, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00.

jueves, 22 de diciembre de 2011

Nuevo horario de atención al público a partir del 1/1/2012 en dependencias de la AFIP. Disposición (AFIP) 455/2011.

Se fija para todas las dependencias de la AFIP, durante los períodos comprendidos entre:
- el 1 de enero y el 30 de abril y el 1 de setiembre y el 31 de diciembre, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 10:00 a 18:00.
- el 1 de mayo y el 31 de agosto, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00.
A tales efectos se aclara que la jornada de 8 horas diarias de labor del personal del Organismo, como regla general, deberá cumplirse sin interrupción alguna dentro de las bandas horarias fijadas en la presente para cada uno de los períodos que en los mismos se mencionan.
- Vigencia:
La presente disposición, regirá a partir del día 1 de enero de 2012, quedando derogadas las disposiciones (AFIP) 196/2009 y 338/2011. Lo dispuesto precedentemente, en nada afectará las jornadas hábiles operativas aduaneras aprobadas por intermedio de la RG(AFIP) 665 y sus modificatorias.