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miércoles, 11 de febrero de 2015

Ta-Te-Ti ¿Que sistema me toca a mi? Contribuyentes Locales de Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires.



En la provincia de buenos aires están coexistiendo actualmente 3 sistemas distintos para la liquidación de un mismo impuesto.
En una caótica y totalmente arbitraria forma de determinar quien utiliza cada sistema ARBA fue generando cambios para que la desaparición del fallido y muy criticado Arbanet vaya desapareciendo sin llamar demasiado la atención y sin tener que reconocer que el sistema nunca funciono, pero especialmente sin tener que devolver todos los saldos a favor que este sistema recaudo para las arcas de la provincia de forma totalmente irregular.
Situación para este 2015:
Para saber que sistema de liquidación deberá utilizarse este año es necesario tener en cuenta 2 cuestiones clave:

1. ARBA no aumento el monto de facturación anual necesario para permanecer en el Arbanet. Sigue siendo de 300.000. Lo que ha excluido (por suerte) a muchos contribuyentes monotributistas de ese sistema, obligándolos al uso directo de la DJ Web. Consejo: Revisen el domicilio fiscal electrónico donde encontraran un aviso como el siguiente:

La consecuencia mas importante de esta modificación es el tratamiento del saldo a favor que puede llegar a poseer el contribuyente y que por la modalidad de liquidación del Arbanet es imposible conocer hasta no tener presentada la DJ anual. Por lo que nos deja con 2 opciones poco simpáticas:
a) Liquidar el anticipo 1/2015 sin informar ningún saldo a favor. Ya que es imposible tener la certeza del mismo si se liquida a través de Arbanet.
b) Antes de liquidar el primer anticipo a través de la DJ Web, realizar la DJ Anual de Ingresos Brutos con el sistema Arbanet y determinar si existe un saldo a favor para el contribuyente.

2. Se incluyo a partir del anticipo 2/2015 a una gran cantidad de profesionales de distintas áreas también en la DJ Web. Por lo que a partir del próximo mes deberá modificarse el sistema de liquidación on line a utilizar, que como corresponde si permite informar los saldos a favor que arrastra el contribuyente.

Sin dudas el objetivo a mediano plazo es que todo el universo de contribuyentes converja en un solo sistema de liquidación online. Que a mi consideración es sencillo de usar y bastante practico a la hora de cargar las deducciones (aunque me da un poco de temor pensar si en ese momento la pagina soportará todo el trafico de información), pero por el momento habrá que estar atentos para no errar en el sistema de liquidación a utilizar que seguramente ira cambiando durante el año.

jueves, 29 de mayo de 2014

INGRESOS BRUTOS BUENOS AIRES. MODIFICACION FECHA DE VENCIMIENTO Y MODALIDAD PARA COMPUTAR RETENCIONES Y PERCEPCIONES MAYO 2014. RN 34/14.



Se modifican las fechas de vencimiento dispuestas en el Anexo III de la RN 42/13 para la presentación de las DJ e ingreso de los importes adeudados por parte de los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incluidos en el Régimen de ARBAnet según el siguiente cronograma:



Además se sustituye el segundo párrafo del artículo 328 de la DN “B” 1/04, por el siguiente:
"Al vencimiento de la obligación fiscal podrán computarse, a cuenta de la misma, aquellas retenciones o percepciones sufridas en el mes correspondiente al anticipo mensual declarado y en el mes inmediato anterior."
Anteriormente  según RN (ARBA) 55/12 se podían computar retenciones o percepciones sufridas en los dos (2) meses anteriores, y hasta el último día del mes anterior al del citado vencimiento y hasta diciembre 2012 se podían tomar las de los últimos 6 meses. Evidentemente esto es un gran retroceso de ARBA. Especialmente si se toma en cuenta que no diferir el computo de una percepción o retención no le ocasiona ningún perjuicio al fisco municipal.

jueves, 21 de marzo de 2013

Declaración jurada anual ARBANET 2012. Prorroga del vencimiento. RN (ARBA) 4/2013.

Se prorroga hasta el 5 de abril de 2013 el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012, exclusivamente con relación a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen dispuesto en la RN 111/08 ARBANET.

lunes, 25 de febrero de 2013

GUIA DE PASOS A SEGUIR ARBANET PARA DESCARGAR. COMO OBTENERLA.

El viernes publique una nota sobre una Guía para las DJ de ARBANET y le ofrecí a los interesados en tenerla que me envíen un mail pidiéndola, para mi sorpresa recibí mas de 350 mail desde el viernes, lo cual hace imposible que conteste uno por uno.


Por este motivo les pido disculpas y les pido que lo bajen desde ACA.

Cuando entre a la página tienen que esperar unos segundos hasta que aparezca una imagen en el margen superior derecho que dice “Saltar publicidad” y ahí va a aparecer el archivo para descargar.

viernes, 22 de febrero de 2013

ARBANET DECLARACION JURADA MENSUAL Y ANUAL CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA PARA SU LIQUIDACION. GUIA DE PASOS A SEGUIR.

El próximo lunes 25 de febrero de 2013 comienza a vencer la presentación de la DJ Anual de ARBANET esto sumado a las modificaciones incorporadas por las RN 52/12 y 53/12 me llevaron a preparar un resumen sobre las consideraciones a tener en cuenta para la confección de las DJ Mensuales y Anuales en ARBANET.


Los que estén interesados en tenerlo, envíenme un mail a contadoresenred@live.com.ar y en el asunto: ¡Quiero la guía paso a paso!



miércoles, 5 de diciembre de 2012

INGRESOS BRUTOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES MODIFICACION EN LOS APLICATIVOS A PARTIR DEL DEVENGADO NOVIEMBRE 2012.

ARBA publico el reléase 20 del aplicativo para liquidar Ingresos Brutos Mensual en la Provincia de Buenos Aires y modifico también el sistema ARBANET.

¿Qué es lo que se modifica?
Ambos sistemas cuentan ahora con un casillero especifico que permite a los empleadores de personas con capacidades diferentes y/o de quienes revisten en la categoría de tutelados o liberados según artículo 161 de la Ley 12256 computar el equivalente al 50% de las remuneraciones nominales que éstas perciban, como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Recuerden que:
1. En ningún caso, el monto a deducir sobrepasará el impuesto determinado para el período que se liquida, ni tampoco originará saldos a favor del contribuyente.
2. Este artículo no resulta aplicable cuando la persona empleada realice trabajos a domicilio.
¿Cuál es la norma que permite esta deducción?
Esta imputación esta prevista en el Art. 208 de la Ley 10397.

martes, 10 de julio de 2012

ARBANET “LA CUIT PENDIENTE DE BALANCEO”. NO PERMITE LIQUIDAR EL ANTICIPO 6-2012


Parece que el fin de semana largo no le hace bien a los sistemas de ARBA, al querer ingresar hoy al sistema ARBANET para liquidar el anticipo del periodo 6-2012 me surge la siguiente leyenda “LA CUIT PENDIENTE DE BALANCEO” y no me permite ingresar a liquidar el anticipo.

Hice la consulta en ARBA y me respondieron que ya hay reclamos hechos sobre este problema, no saben cual es el motivo de esta leyenda y que en un par de días lo van a solucionar…
Habrá que esperar entonces, lo bueno de esta profesión es que ¡Nunca permite que me aburra!


miércoles, 9 de mayo de 2012

Declaración Jurada ARBANET - Notificación de ARBA un poquito tarde...

Si bien no es un hecho aislado no dejan de sorprenderme las notificaciones que ARBA envía, porque si lo que busca es recordarle al contribuyente sus obligaciones fiscales lo esta haciendo ineficientemente ya que llegan con posterioridad al vencimiento de las mismas. ¿Mejor tarde que nunca?

lunes, 26 de marzo de 2012

ARBANET DECLARACION JURADA ANUAL 2011

Hoy comienza a vencer la presentación de la DJ Anual de Arbanet del período 2011.
Consideraciones a tener en cuenta:
Al ingresar al sistema para realizar la DJ Anual el sistema nos ofrece 2 opciones:
1° CONFIRMAR: en este caso no deberá ingresarse ningún dato adicional. El sistema calcula el impuesto en función a la OTA (Obligación Tributaria Anual) que fue preliquidada por ARBA y le descuenta las retenciones y percepciones sufridas y los pagos realizados y determina un saldo a favor del fisco o del contribuyente.
LO QUE NO ENTIENDO ES QUE SI TODOS LOS MESES PARA PODER OBTENER EL ANTICIPO DE ARBANET EL CONTRIBUYENTE DEBO INFORMAR LOS INGRESOS (GRAVADOS, NO GRAVADOS Y EXENTOS) E IMPUESTO DETERMINADO, AL INGRESAR A LA DJ ANUAL ESE DATO NO FIGURA EN NINGUN LADO Y HAY QUE VOLVER A INGRESAR LA INFORMACION.

2º NO CONFIRMAR: opción que al ejercerla nos amenaza con aumentar nuestra categoría de riesgo fiscal.
Si no confirma, deberá cargarse al sistema la siguiente información por mes:
1. Total de Ingresos Gravados, No Gravados y Exentos.
2. Impuesto Determinado.
3. Total de Retenciones y Percepciones sufridas (están cargadas las informadas a ARBA por los agentes de recaudación).
A diferencia de años anteriores y a las DJ mensuales, se modifico en la DJ Anual la forma de informar las retenciones y percepciones. Mientras que para los anticipos mensuales y DJ anuales anteriores solo se informaba el monto de la suma total de las retenciones y percepciones por mes. La DJ Anual del periodo 2011 despliega un detalle por mes separando en percepciones, retenciones, retenciones bancarias y aduaneras y dentro de cada una de ellas se puede acceder al listado detallado que conforma ese total.
Con lo cual para aquellos que liquidaron los anticipos y tomaron las retenciones y percepciones de las cuales poseían información en cada mes, ahora tienen una carga de trabajo extra conciliando mes por mes las retenciones y percepciones que tiene informadas ARBA con las tomadas mes a mes por el contribuyente para readecuar los anticipos.

LO MALO DE ESTA NUEVA METODOLOGIA ES QUE EL SISTEMA SOLO PERMITE MODIFICAR, AGREGAR O ELIMINAR LAS RETENCIONES Y PERCEPCIONES, PERO NO PERMITE REIMPUTARLAS DE UN PERIODO A OTRO.

Es fundamental tener en cuenta que si existen diferencias entre lo abonado en el anticipo y lo informado en la DJ Anual, esta diferencia puede generar un saldo a favor del contribuyente o un saldo a favor del fisco y que:
1. Los saldos a favor no se compensan automáticamente con los saldos a pagar de la DJ Anual.
2. El sistema emite por cada mes con saldo a favor del fisco un ajuste del anticipo que incluye intereses desde el momento del vencimiento del anticipo hasta la fecha en que se pague posteriormente a la presentación de la DJ Anual.
3. Los saldos a favor del contribuyente o se pide su devolución vía repetición o se espera a que ARBA los compense.

OTRA FALLA IMPORTANTE DEL SISTEMA ES QUE NO MUESTRA HASTA DESPUES DE PRESENTADA LA DJ ANUAL EN FORMA UNIFICADA COMO QUEDA LA DJ Y QUE SALDOS LE QUEDAN AL CONTRIBUYENTE. POR LO CUAL ES FUNDAMENTAL LLEVAR PAPELES DE TRABAJO, YA QUE TODO CONTROL ANTES DE LA PRESENTACION ES MANUAL.

TRATAMIENTO DE LOS SALDOS A FAVOR ARBANETLa RN 47/2009 estableció los mecanismos y condiciones mediante los que se llevará a cabo la devolución de los saldos a favor de los contribuyentes incluidos en el régimen de liquidación de anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos ARBANET. La devolución de los saldos a favor del contribuyente se hará efectiva de oficio, en tanto se reúnan las siguientes condiciones:
1. El contribuyente haya confirmado la liquidación anual.
2. No registre deuda por los períodos no prescriptos, proveniente del impuesto sobre los ingresos brutos.
3. No se encuentre sujeto a acciones de fiscalización por la Agencia de Recaudación.
Si el contribuyente tiene deuda de Ingresos Brutos, la Autoridad de Aplicación, previo a la devolución, procederá a compensar dichos importes y de corresponder devolverá la diferencia resultante.
A fin de comunicar la existencia de saldos cuya devolución corresponda, la Autoridad de Aplicación publicará en el sitio Web www.arba.gov.ar, un padrón de contribuyentes que contendrá la nómina de sujetos, identificados por su Nº de CUIT, a los que corresponda efectuar la devolución y el mecanismo por el que se hará efectiva la misma.

jueves, 19 de mayo de 2011

ARBANET MODIFICACIONES PARA LOS ANTICIPOS 4/2011 EN ADELANTE. RN (ARBA) 24/11.

Se modifico el sistema ARBENT, por lo cual una vez que ingresen en la aplicación para la liquidación del anticipo, deberán suministrar con carácter de declaración jurada, la información del mes calendario al que corresponde dicho anticipo:
1) El total de ingresos gravados, no gravados y exentos requeridos por la aplicación informática;
2) El total de ingresos gravados de las actividades indicadas por la Agencia de Recaudación en la aplicación;
3) El total de retenciones y percepciones sufridas.
Recién una vez que se efectúa el envío de la información, el interesado puede imprimir la liquidación del anticipo, con el objeto de efectuar el pago. Es decir, ya no se puede aceptar más los anticipos preliquidados por ARBA, sin la previa información de los ingresos y deducciones.
La información deberá suministrarse tanto para las liquidaciones que se efectúen antes del vencimiento original del anticipo, como para las que se efectúen con posterioridad al vencimiento original del anticipo, y hasta el último día del mes en el cual opere dicho vencimiento. Con posterioridad sistema rechazará de manera automática cualquier intento de modificación de dicha estimación, sin perjuicio de la posibilidad de realizar pagos adicionales.
Conclusión: Con esta modificación, se debilita cada vez más la lógica de que exista un sistema como ARBANET. Debería evaluarse seriamente los motivos de su existencia y volver al sistema de liquidación anterior, donde los saldos a favor generados por las excesivas retenciones en la provincia de Buenos Aires pueden ser arrastrados de un periodo a otro.

jueves, 5 de agosto de 2010

ARBANET Devolución de saldos a favor 2008 y Periodo 7-2010 ya disponible.

ARBA informa en su pagina que la devolución podrá efectuarse a través de una transferencia a CBU o por ventanilla en las sucursales del Banco Provincia, en cuyo caso los contribuyentes deberán presentarse con DNI a fin de acreditar su identidad.
Esta devolución tiene lugar únicamente a las CUITs informadas en el padrón de contribuyentes con saldo a devolver en 2008 que hubieren confirmado la DJ propuesta por Arba, y que no poseían deuda anterior a Arbanet al momento de procesar esta devolución.
Para confirmar si poseen un saldo pendiente de devolucion, pueden hacerlo ingresando a la pagina de ARBA www.arba.gov.ar hacer clic en “Empresas” “Arbanet” “Devolución DDJJ Anual Arbanet 2008”, ingresando el CUIT del contribuyente y el codigo de verificación que aparece en la pagina.
Por otro lado ya esta disponible el aniticipo 7-2010 de Arbanet.

jueves, 8 de julio de 2010

ARBANET Junio de 2010 ya esta disponible y viene con “yapa”.

Al ingresar a liquidar el Anticipo de ARBANET del mes de Junio 2010, nos encontramos con el siguiente mensaje:
“Sr. contribuyente si Ud. registra un saldo a pagar por el anticipo que se encuentra liquidando y además posee saldos a su favor determinados en períodos Arbanet, le informamos que cancelando esta obligación, estará incrementando ese crédito, motivo por el cual esta agencia sugiere aguardar el plazo de 24 hs. para efectivizar el mismo, previa impresión de un nuevo volante, cumplido el plazo advertido.”
¿Será que finalmente tomaran en cuenta los saldos a favor? ¿Estarán mañana disponibles los anticipos con nuevos valores? ¿Se acordarán que mañana es feriado?...
No se muevan de sus escritorios y esperen al próximo capítulo de ARBANET.

viernes, 4 de junio de 2010

ARBANET ANTICIPO 5-2010 YA ESTA DISPONIBLE.

Ya se puede entrar a la liquidación del anticipo 5 -2010 de ARBANET.
Me llamo mucho la atención, que los importes preliquidados por ARBA del 90% de los clientes coincide con los valores a diciembre 2009.
También me apareció por primera vez anticipos que figuran por $ XX y que sin embargo dice sin deuda, en este caso coincide con clientes a los que les quedo saldo a favor en la DJ Anual del año 2009.
Como siempre ARBANET es un misterio…

jueves, 8 de abril de 2010

Prorroga de vencimiento del Anticipo mensual marzo de 2010. RN (ARBA) 22/10.

Los vencimientos correspondientes al mes de marzo de 2010, son los que se establecen a continuación:



Dígito verificador CUITVencimiento
0-119/04/2010
2-320/04/2010
4-521/04/2010
6-722/04/2010
8-923/04/2010

martes, 30 de marzo de 2010

YO TE AVISE... ¡Y VOS NO ME ESCUCHASTE ARBA!

Hace un par de semanas les comentaba el hecho de que venciendo la DJ Anual de Ingresos Brutos ARBANET todavía no estaba disponible para confeccionarla en la página. En ese momento entre otras suposiciones lamentablemente sugerí una que se hizo realidad. Con Semana Santa de por medio y el apuro por presentar la información que vence la semana entrante el sistema esta saturado y cuando queres ingresar aparece este triste cartelito:
Tendremos que probar en horarios mas originales, yo probare de 2 a 3 AM del viernes Santo… capaz tengo suerte…

jueves, 25 de marzo de 2010

Prorrogan la Declaración Jurada Anual: Contribuyentes incluidos y excluidos de Arbanet

ARBA informa en su pagina Web que el vencimiento de la DJ anual para los contribuyentes sobre los ingresos brutos incluidos en Arbanet operará de acuerdo a las siguientes fechas, según el último dígito del número de CUIT: 0: 5/04 a 9: 16/04

• Asimismo, se pone en conocimiento que aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos del padrón de sujetos Arbanet en cumplimiento de medidas cautelares dictadas en el marco de juicios tales como “Consejo Sup. del Colegio de Abogados – B.A c/ Agencia de Recaudación de la Pcia. de Bs. As. s/ Pretensión Anulatoria Otros Juicios”, de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial La Plata, por la cual se ordena a esta Agencia como medida precautoria y hasta tanto se dicte sentencia firme “…suspender la aplicación de la Resolución Normativa N° 111/08 de ARBA”, deberán efectuar la presentación de su DJ anual mediante el aplicativo IB-Mensual que funciona sobre plataforma SIAp (Disp. Norm. S. B 75/04). Para este grupo de contribuyentes, los plazos de presentación son: 0: 25/03 a 9: 31/03
Nota: Cabe señalar que los contribuyentes excluidos de Arbanet por medidas cautelares deberán –a efectos de generar la DJ anual– determinar el impuesto por cada periodo (del 1 al 12) de manera individual tanto para los meses autodeclarados –cuyas DDJJ debieron ser presentadas oportunamente– como para los que fueron liquidados por la Agencia (anticipos Arbanet devengados con anterioridad a la exclusión) generando –sin envío en estos casos– una DJ periódica por cada uno de ellos. Luego, la aplicación habilitará la importación de los mismos, conformando de esta forma el resumen de operaciones del período fiscal completo. Finalmente, sólo la DJ anual deberá ser remitida a través del portal de Arba.

jueves, 11 de marzo de 2010

DJ ANUAL DE INGRESOS BRUTOS ARBANET 2009 – TODAVIA NI NOTICIA…

Como todos los años, el 25 de marzo comienza a vencer la presentación de las Declaraciones Juradas anuales de Ingresos Brutos de la Pcia. de Bs. As., ya sea para contribuyentes mensuales o de ARBANET.
Pero como suele suceder con los aplicativos y sistemas de ARBA a solo 15 días de que empiece a vencer la presentación es imposible presentarla para los contribuyentes incluidos en ARBANET.
Cuando queremos ingresar al sistema para efectuar la presentación anual nos aparece un cartelito con la siguiente leyenda: “Solo puede presentar la Declaración correspondiente al 2008”.
Es evidente que ARBA no tiene en cuenta que nuestro trabajo lleva tiempo y que no podemos dedicarnos solamente a sentarnos a esperarlos a ellos. Y ni hablar si la presentación anual viene con alguna sorpresita como vino en las mensuales y mucho menos pensar lo lenta que va a estar la pagina, cuando todos juntos ingresemos a realizar la presentaciones contra reloj.
Lo peor de todo es que, ya nos acostumbramos a que nos pasen por encima, a atar las cosas con alambre y a correr atrás de las ocurrencias descabelladas del legislador de turno.

martes, 9 de febrero de 2010

¿QUE PASA CON EL ANTICIPO DE ARBANET DE ENERO 2010?

A los 9 días del mes de Febrero 2010 el anticipo de ARBANET correspondiente al mes de Enero todavía no se encuentra disponible para bajar de la pagina Web de ARBA.
Por lo cual arme una lista con distintas teorías al respecto:
1. Que estén realizando algunos cambio en la forma de liquidarlo.
2. Que finalmente deje de existir y volvamos al aplicativo mensual.
3. Que la gente de sistemas de ARBA se fue de vacaciones y se olvidaron de actualizar el sistema.
¿A ustedes que les parece? ¿Tienen alguna otra teoría?