Se han efectuado modificaciones en las denominaciones de los
formularios que acompañan la presentación de oficios judiciales ante el
organismo.
A partir de ahora, los oficios judiciales que tienen costo
se presentan con el formulario "Oficios Judiciales", mientras que los
exentos de pago requieren la presentación del formulario denominado "Oficios
judiciales sin costo (manifestado en el oficio)". Es importante destacar
que el beneficio de litigar sin cargo debe estar expresado en el texto de
oficio.
Por su parte, los reiteratorios se presentan con el
formulario "Oficios reiteratorios". Para poder determinar su
procedencia, en el formulario se debe consignar el número de trámite que se le
otorgó al oficio original así como también su fecha de presentación. Estos
datos permiten verificar el estado del mismo. Es frecuente que la IGJ haya
contestado en tiempo y forma el oficio, pero que éste se encuentre demorado en
el juzgado.

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