miércoles, 13 de abril de 2011

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial. Balances al 31/12/2010. RG 3077.

PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS Y ESTADOS CONTABLES Y VENCIMIENTOS.
1. La declaración jurada se confeccionará utilizando exclusivamente el programa aplicativo “GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS - Versión 10.0”. Cuando deban confeccionarse declaraciones juradas (originales o rectificativas) correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hayan operado hasta el mes de noviembre de 2005, inclusive, las mismas deberán generarse utilizando el programa aplicativo denominado “GANANCIAS SOCIEDADES - Versión 6.0”. La presentación de la DJ y el pago del saldo resultante, deberá efectuarse hasta el día del quinto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.
Novedades del aplicativo Versión 10:- Saldo a Favor por Fusión o Absorción: Incorporación de la Ventana: Identificación del Saldo a favor proveniente de empresas fusionadas y/o absorbidas.
- Importación: Incorporación de la importación de “Detalle de Rodados”
- Datos Descriptivos: Cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos. Los datos ingresados en esta pantalla, no se borran una vez confirmados, de manera que se mantengan con la posibilidad de modificarla en caso de ser necesario.
- Detallar: ¿Estuvo sujeto a la renta/bienes de fuente extranjera al pago de impuestos análogos en el exterior? Modificación de la validación de los campos “Fecha del Pago” y “Fecha del Certificado” para que permita ingresar pagos de impuestos análogos pagados después del período fiscal.
- Datos Descriptivos: Declaración Jurada. Incorporación de los campos “Es empresa continuadora?”, “CUIT Empresa Antecesora” y “Solicitó Certificado de Residencia?”.
- Detallar: Total Detalle de Instalaciones
- Detallar: Total Detalle de Otros Bienes de Uso
- Modificación de la validación de estas pantallas. Sólo se puede acceder a las mismas, en caso que exista “Importe amortización acelerada”.
Pueden bajar el aplicativo desde ACA

2. El “Informe para Fines Fiscales” podrá confeccionarse mediante alguno de los siguientes formularios:
a. Formulario de declaración jurada F. 760/C por duplicado. Adecuaciones:
1. En el Apartado A, Punto II - Información Examinada, primer párrafo, se testará la expresión “...Estado de Situación Patrimonial (AP.I), Estado de Resultado (AP.II), Costo de Ventas y/o Servicios AP.III), Evolución del Patrimonio Neto (AP.IV), de los formularios Nros. 760/761 (1).”, y se consignará la expresión “... Balance Contable —Rubro 1, incisos a), b) y c)— y Determinación del Resultado Neto —Rubro 2, inciso a)— del formulario F. 713.”. Se testará completamente el segundo párrafo.
2. En el Apartado IV - Informe, inciso a) se testará la expresión “... en los Apartados I, II, III y IV de los formularios Nros. 760/761 (1) y en los Rubros 1-c (Col. I o Col. II), 8 y 9 de los formularios Nros. 760/A - 761/A (1) y 760/B - 761/B (1) ...”, y se consignará la expresión “... en el Rubro 1, incisos a), b) y c) y en el Rubro 2, inciso a) del formulario F. 713 ...”.
El formulario deberá estar suscripto por el profesional certificante y la firma legalizada por el consejo profesional, colegio o entidad que ejerza el control de la matrícula.
La presentación se efectuará en la dependencia de AFIP en la que los contribuyentes y/o responsables se encuentren inscriptos. El duplicado del formulario sellado acreditará el cumplimiento de la obligación.
b. Formulario de declaración jurada F. 780 la confección del formulario se realizará utilizando el programa aplicativo denominado “INFORME PARA FINES FISCALES - Versión 1.0”. El mencionado programa podrá ser transferido:
1. Desde el sitio web de la AFIP, para lo cual el profesional interviniente deberá, en forma previa a su utilización:
a) Firmar un contrato de adhesión, será presentado en 3 ejemplares de un mismo tenor, ante la entidad habilitada por la AFIP para operar con el sistema.
b) Obtener la clave de seguridad e identificación personal para poder operar con el sistema.
Asimismo, deberá ser firmado únicamente ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerza el control de la matrícula, el que legalizará la firma y se constituirá en depositaria del documento suscripto.
MODELO DE CONTRATO DE ADHESION
CONTRATO DE ADHESION Nº
REGIMEN OPTATIVO PARA LA PRESENTACION ELECTRONICA DEL “INFORME PARA FINES FISCALES”

Don ……………………………………….. (1) D.N.I./L.E./L.C. Nº ……………… (2) en mi carácter de ……………………………(3), con número de C.U.I.T. …………………………(4), domiciliado en …………………………………(5), con matrícula (tomo ………………, folio ……………….., Consejo Profesional de Ciencias Económicas de ………………………………….)(6), vengo a adherirme al régimen optativo para la presentación electrónica del “Informe para Fines Fiscales”, conforme a lo dispuesto por la Resolución General Nº 3077.
Declaro que la clave de seguridad e identificación personal seleccionada es de mi exclusivo conocimiento, constituyéndome en custodio de su confidencialidad y responsable por su uso.
Los informes de auditoria/certificaciones profesionales presentados bajo este régimen serán válidos y considerados formalizados en los términos del Artículo 28 del Decreto Nº 1397/79 y sus modificaciones, responsabilizándome como titular o responsable por la autenticidad de los datos transmitidos en mi nombre y bajo la clave de seguridad e identificación personal.
La presente adhesión se depositará en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad ……………………… (7), el que se encuentra debidamente habilitado.
En…………………… a los …………. días del mes de ……………… de ……………(8).

…………………………………… …………………………………………
Firma del profesional interviniente Firma del representante legal del Consejo/Entidad
(1) Nombre y apellido del profesional interviniente.
(2) Tipo y número de documento del profesional interviniente.
(3) Título habilitante.
(4) Indicar el número.
(5) Domicilio fiscal del profesional interviniente.
(6) Indicar el número de tomo, número de folio y Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad en la
que se encuentre matriculado.
(7) Consignar el Consejo Profesional de Ciencias Económicas/entidad donde quedará depositado el “contrato
de adhesión”.
(8) Indicar el lugar y fecha en donde se firmará el contrato de adhesión.

2. Formalizar la presentación con la intervención de un Contador Público independiente, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula, que haya suscripto convenio
con la AFIP.
La utilización de uno de ellos respecto de un período fiscal, no impide efectuar presentaciones correspondientes a períodos posteriores utilizando el otro formulario.
La presentación de la DJ, deberá efectuarse hasta el día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.

3. La Memoria, Estados Contables e informe de auditoria del respectivo período fiscal, en formato “.pdf”. Se considerará a tales fines, la Memoria y Estados Contables exigibles por los organismos de control correspondientes, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente, con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula.
A efectos de cumplir con esta obligación, se deberá ingresar al servicio “Transferencia Electrónica de Estados Contables”. Una vez ingresado al servicio, el contribuyente deberá consignar los datos requeridos por el sistema, y adjuntar los Estados Contables del período fiscal a transferir, en un solo archivo en formato “.pdf”.
Como constancia de la presentación realizada, el sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo. La presentación de la DJ, deberá efectuarse hasta el día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial, conforme al cronograma de vencimientos de acuerdo con la terminación de la C.U.I.T.
Esta obligación resultará de aplicación para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2009, inclusive.

OTRAS DISPOSICIONES:
1. Las empresas que hayan llevado a cabo transacciones comprendidas dentro de las disposiciones de precios de transferencia, se encuentran obligadas a presentar una declaración jurada complementaria, según RG 1122.
2. Se deberá presentar, en la forma, plazos y condiciones que oportunamente establezca la AFIP, una declaración jurada informativa que contenga, entre otros datos, los siguientes:
a) La composición de los importes consignados en los campos “Otros Ajustes”/”Otras Previsiones” de las pantallas “Ajustes Resultado Impositivo”, del programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS”.
b) Las operaciones realizadas en moneda extranjera y las posiciones de moneda extranjera:
1. Respecto de los rubros del activo y pasivo informados en el formulario de declaración jurada F. 713, que tengan su origen en operaciones efectuadas en dicha moneda: el tipo y cantidad de la misma, y
2. las operaciones de cambio realizadas durante el período fiscal que se declare, agrupadas de acuerdo con el rubro del balance al cual pertenecen.

21 comentarios:

Jimena dijo...

Buen Dia! una consulta, tengo una sociedad que cierra balance el 30/11 justo el viernes 8/4 a la mañana presente Ganancias sociedades con la version 9.4, el mismo viernes a ultima hora leoq ue salio una nueva version la 10.0 la presente en la AFIP y no me la rechazo. Sera necesario presentar rectificativa por la nueva vigencia del aplicativo? espero comentarios.
Muchas Gracias.
Jimena

Carla dijo...

Jimena,
La Version 10 es para balances que cierran a partir del 31/12/2010.
Ademas esta vigente recien a partir del 13/4/10, por lo cual yo consuidero que haberlo presentado con la Version 9.4 es correcto y no deberias volver a presentarlo.

Jimena dijo...

Ok! Gracias Carla, por tu respuesta! me quedo re tranquila entonces!!!
Saludos

Anónimo dijo...

Hola, respecto de la RG 3077 tengo la siguiente duda en el punto c, referido a la transferencia mediante archivo pdf de la memoria, estados contables e informe de auditoria. Los mismos deben ser escaneados una vez que el consejo certifica la firma del profesional, o podrá mandarse el archivo que tiene uno antes de imprimirlo para mandar al consejo trasnformado en pdf.

Carla dijo...

Anonimo,
Yo interpreto que debe enviarse el balance certificado por el profesional. No obstante, es un tema que seguramente sera aclarado por la AFIP.

Anónimo dijo...

Ok. Muchas gracias Carla! Repecto de la duda de Jimena, yo presente unos días antes de la RG 3077 una declaracion de ganancias de una sociedad con cierre 31/12/2010, y al leer el Art. 12 de la RG 3077, dice que las disposiciones de esa resolución serán aplicables para los ejercicios cerrados al 31/12/2010, no tendré que presentar una rectificativa con el nuevo aplicativo?

Anónimo dijo...

si el balance es de un comercio y los gastos siempre se plasmaron en GASTOS OPERATIVOS ahora hay que detallar telefono, combustible, publicidad dentro de otros egresos????, no entiendo cuales son los requisitos de la declaracion jurada informativa anexa PORQUE DICE ENTRE OTROS....
CREO QUE AFIP DEBERIA DAR MARCHA ATRAS CON TANTOS REQUSITOS SOLICITADOS Y CON TAN POCO TIEMPO PARA SU VENCIMIENTO

podrian dar más detalle de lo que debemos cambiar?????' en F1 no se aclara demasiado.

Anónimo dijo...

CARLA, tendria la misma duda que el Anonimo: el 10/04/11 presente la ddjj de gcias de un Bce con cierre 31/12/2010 con la version que estab vigente a ese momento, ahora vdebere presentar una rectificativa con la version actual?

Carla dijo...

Anonimos:
La determinación del impuesto y la confección de la respectiva declaración jurada, deberán realizarse utilizando exclusivamente el programa aplicativo denominado "GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS - Versión 10.0".
Por lo cual yo interpreto que se deberia realizar una nueva presentacion con el aplicativo nuevo, pero hice la consulta a la mesa de ayuda de AFIP para que lo confirmen. Apenas tenga novedades les aviso.

Anónimo dijo...

Carla me aclaras a donde detallamos los gastos de asministracion y ventas que son de un comercio, yo tambien siempre los puse como gastos operativo y ahora a donde lo detallamos??

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Los Fideicomiso de construccion no estan obligadas a llevar balance, si bien se lleva una contabilidad, no se arman balances. Como queda este caso en la RG 3077? No estaría obligado a informar en pdf? O por esta resolución me obliga a armar balance y certificar por el concejo?

Anónimo dijo...

Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, quienes estan obligados a presentar el balance en pdf, y se presenta junto con el de informe 760.-
Gracias

Anónimo dijo...

Pregunto cuándo vence la presentación de la memoria en pdf, junto con gcias o al mes sigte junto con el F760?
Desde ya gracias. Marita.

Carla dijo...

Marita,
Segun la RG 3077 la obligación dispuesta en el inciso c) del Artículo 4º resultará de aplicación para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2009, inclusive, a cuyos efectos las presentaciones que correspondan a los ejercicios cerrados hasta el 30 de diciembre de 2010, inclusive, podrán efectuarse hasta el día 30 de junio de 2011, inclusive.

Anónimo dijo...

Buen dia, tengo un problema, quiero cargar los datos dentro de la pagina de afip en transferencia de estados contables y una vez listo al seleccionar aceptar se me va a una pagina como si fuera un bloc de notas.. estara funcionando mal la pagina o se debe hacer algo para adjuntar el archivo en .pdf???
y tambier quisiera saber cual es el numero correcto que se debe poner donde dice "Referencia de legalizacion" Muchas Gracias!!!

Anónimo dijo...

Muchos contadores presentamos las ddjj de los contribuyentes, sobre todos las sociedades (estamos autorizados por ellos a través del sistema de claves fiscales). Estos contribuyentes NO tienen una clave fiscal propia ya que todo lo hacen a traves de la de su contador.
Para presentar el balance en PDF en ningún momento me pidió el CUIT del contribuyente.
Por lo que da la impresión que la AFIP va a tomar que la presentación la hizo una persona física y no una juridica y va a quedar como moroso en cuanto a sus deberes formales.
Por otro lado, el contador seguramente tiene más de un cliente.
Como va a presentar el Balance de otro cliente si ya presentó uno de otro. El sistema le va a decir que esa obligación ya fue presentada.
Cuando estaba por confirmar mi primer envío se me presentaron todas estas dudas y lo cancelé.
Alguien pensó lo mismo que yo, o me estoy equivocando en algo y es más simple de lo que pienso

Yani dijo...

Hola a todos!!

Hoy presenté 3 balances pero la página esta funcionando muy mal, no sé si a ustedes también les pasa.. me quedó uno que sigo intentando desde casa y me es imposible no termina de cargar el archivo y sale un detalle de error...

Con respecto a la consulta de arriba, no creo que tengas problemas siempre y cuando los CUIT de cada empresa para la que quieras presentar el balance, tengan dados de alta el servicio, es decir, deberías dar de alta el servicio para cada CUIT para que te lo tome el sistema bien. Cuando vas a presentar te figura bien el nombre de la empresa...

en fin a ustedes también les tira error la página??

Gracias!!

Yanina.

Itati dijo...

HOLA. TENGO EL MISMO PROBLEMA AL QUERER PRESENTAR BALANCES EN PDF. CALCULO QUE ES UN ERROR GENERAL DEL SISTEMA. RESPECTO A LA CONSULTA DE ANONIMO SOBRE CUAL ES EL NUMERO DE REFERENCIA ESTE CORRESPONDE AL NUMERO DE LEGALIZACION QUE DA EL C.P.C.E. SALUDOS GENTE!

Adriana dijo...

Buen día, necesito si me puede indicar cuál sería el problema del siguiente error que surge al generar los archivos para la transferencia electrónica, en el nuevo release del impuesto a las ganancias personas jurídicas, la leyenda dice: "El largo del registro Número 90 es incorrecto. Este error se puede producir porque algún de los importes del registro supera el largo permitido". Sé que es el registro de Bienes de Uso, porque al borrarlo se genera el archivo sin problemas. Muchas gracias.

Melisa dijo...

Es un desastre la página! Hoy perdí casi todo el día intentando presentar y genera un error.. alguien más con este problema?

Anónimo dijo...

UNA CONSULTA, YO ESTOY MATRICULADA EN CAPITAL FEDERAL PERO TENGO DOMICILIO EN PCIA DE BS AS, SABEN SI PUEDO PONER ESE DOMICILIO EN UN F760 Y CERTIFICARLO EN EL CONSEJO DE CABA?