viernes, 5 de julio de 2013

Convenio Multilateral. Nuevos obligados a utilizar el sistema de pago on-line. Resolución General (CA) 5/2013.

Se modifica el Art. 3 de la RG 84/02 de la Comisión Arbitral, previéndose que integrarán el universo de responsables de SIRCAR aquellos contribuyentes que sean notificados por la Comisión Arbitral, en cumplimiento de las normas locales dictadas a estos efectos así como de la RG 77/01 de la Comisión Arbitral.

Los agentes de retención y/o percepción que deban efectuar presentaciones y/o pagos a jurisdicciones no adheridas al SIRCAR (Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Mendoza), continuarán observando las normas vigentes en esos fiscos.
El listado de las jurisdicciones adheridas son: CATAMARCA, CORRIENTES, CHACO, CHUBUT, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SALTA, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO, TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, TUCUMAN.

Por otra parte la Resolución General (CA) 6/2013 establece para aquellos sujetos que deban declarar montos superiores a 9.999.999.999,99 un mecanismo excepcional en alguno de los campos del ítem “Resumen Anual del Período Fiscal” del formulario CM05 del aplicativo SIFERE, allí deberán insertar en la totalidad de los campos de ese ítem (no solo los que exceden ese tope) los valores en miles de pesos.
Los contribuyentes que cumplimenten sus CM05 utilizando el mecanismo establecido en la presente resolución deberán informarlo por escrito a la Comisión Arbitral.







1 comentario:

Unknown dijo...

Buenas tardes, quisiera saber si alguien tiene idea como pagaringresos brutos de regimen general sin hacerlo por internet, ya que hasta ahora lo venia haciendo mediante el volante de pago que se podia generar desde la pagina de AGIP pero desde este mes al generarlo y quererlo pagar me lo rechazan y Rentas dice que no va mas ese sistema. Muchisimas gracias