A través de la RG (AFIP) 3537/13 se aprueba el nuevo “Clasificador
de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario 883” en sustitución del
“Nomenclador de Actividades - Formulario Nº 150”, que quedará sin efecto desde el
día 1 de noviembre de 2013 inclusive.
La AFIP realizará de oficio la conversión automática entre
el “Nomenclador de Actividades - Formulario Nº 150” y el “Clasificador de
Actividades Económicas (CLAE) - Formulario Nº 883” y los contribuyentes tomarán
conocimiento de los nuevos códigos mediante una de estas 2 opciones:
1. Accediendo a la “Consulta
Conversión Automática de Actividades Económicas R. G. Nº 3537” (todavía no esta
disponible)
2. A través de su consulta en el servicio “Sistema
Registral” en la opción “Actividades Económicas” del “Registro
Tributario”.
Hice la prueba utilizando la opción 2 y al hacer la consulta
el sistema ya emite un cartel de alerta que avisa que hay “Actividades para
Reempadronar”.
Por lo cual antes de las fechas que se indican a
continuación el contribuyente deberá controlar si fue reempadronado y en caso
contrario deberá hacerlo utilizando el servicio “Sistema Registral” en la
opción “Actividades Económicas” del “Registro Tributario”.
Los contribuyentes que no cumplan con la obligación de empadronarse, estarán
alcanzados por las siguientes restricciones hasta que regularicen su situación:
a) Imposibilidad
de obtener la constancia de inscripción
b) No
serán informados en el archivo “Condición Tributaria”, conforme a lo
establecido en la RG 1817.
c) Imposibilidad
de registrar operaciones a partir de la 0 hora del día
inmediato posterior al de la evaluación en el “Registro de Operadores de
Comercio Exterior”, de acuerdo con la RG 2570.
Hay que tener en cuenta que para utilizar los servicios:
a) Adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (RS).
b) Actualización de datos en el “Sistema Registral” (alta o
baja de impuestos, actualización de domicilio, alta o baja de caracterizaciones,
actualización de correos electrónicos y teléfonos, entre otros).
c) Empadronamiento de trabajadores autónomos.
d) Recategorización o modificación de datos del Monotributo
e) Inscripción o actualización de datos en los “Registros
Especiales” previstos en la RG 2570.
Será necesario efectuar previamente el empadronamiento a partir del 1/11/2013.
Será necesario efectuar previamente el empadronamiento a partir del 1/11/2013.
Es por este motivo que al querer emitir la nuevas
credenciales de monotributo el sistema todavía no lo permite y aparece en
pantalla el siguiente cartel “MONOTRIBUTO / SISTEMA
REGISTRAL – SERVICIOS NO DISPONIBLES”
Cuando, con posterioridad al empadronamiento a que se
refiere esta RG se produzca la modificación de la actividad principal declarada
por el contribuyente, el responsable
deberá dentro de los 10 primeros días hábiles del sexto mes posterior al cierre
del ejercicio comercial o año fiscal, según corresponda de acuerdo con el
sujeto de que se trate informarlo a la AFIP. A tal fin se observarán las
disposiciones de la RG 10, sus modificatorias y complementarias. El
incumplimiento a la obligación establecida en este artículo, dará lugar a la
aplicación de las sanciones previstas en el Art. 39 y concordantes de la Ley 11683.
Pueden bajar la RG (AFIP) 3537 junto con el CLAE desde ACA.



7 comentarios:
puede ser que haya inconvenientes a la hora de cambiar un código de actividad cuando es iva exento? alguien tiene ese problema?
Mariano,
Si parece que esta habiendo problemas con las actividades exentas en IVA, seguramente vayan haciendo correcciones en el sistema con el correr de los dias.
Hay que modificar de todos los contribuyentes las actividades en el SIAP. Habrá alguna actualización que nos ayude?
No veo actualizaciones del SIAP, la ddjj de IVA vence la próxima semana, usamos el codificador viejo?
Quise reempadronarme y no puedo avanzar me salta un cartel de " Hay actividades para reempadronar." por más que elija cualquier actividad. FUI A LA AGENCIA DE AFIP NUMERO 66 y no tenian sistema con lo cual no pudieron ayudarme. Entonces si algun dia vienen a preguntarme porque no pague mis impuestos, que les digo " PORQUE NO HABIA SISTEMA?"
Hola... aca pueden consultar ingresando el cuit... que hay que hacer en el siap?
el link de consulta es:
https://seti.afip.gob.ar/padron-puc-constancia-internet/ConsultaActivEconomicaAction.do
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