
Tendremos que probar en horarios mas originales, yo probare de 2 a 3 AM del viernes Santo… capaz tengo suerte…

ARBA informa en su pagina Web que el vencimiento de la DJ anual para los contribuyentes sobre los ingresos brutos incluidos en Arbanet operará de acuerdo a las siguientes fechas, según el último dígito del número de CUIT: 0: 5/04 a 9: 16/04| Grupos de Actividades | Categorías | Importe Mensual |
|---|---|---|
| Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. | V | $ 730,64 |
| IV | $ 531,38- | |
| III | $ 332,11 | |
| Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios | II | $ 232,47 |
| I | $ 166,06 | |
| Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores | II | $ 232,47 |
| I | $ 166,06 | |
| Afiliaciones voluntarias | I | $ 166,06 |
| Jubilados | I | $ 140,11 |
| Menores de 18 hasta 21 años | I | $ 166,06 |
El día 8 de marzo de 2010 la UOCRA, la CAC, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines, firmaron un nuevo acuerdo de recomposición salarial donde se establece el pago de una suma de carácter no remunerativa y extraordinaria de $ 500 para el personal comprendido en el convenio colectivo 76/1975. El pago se realizará, dependiendo de la zona geográfica:
La nueva versión del aplicativo permitirá, a las personas físicas, sucesiones indivisas o responsables por deuda ajena, cumplir con su obligación de presentación de declaración jurada de cada uno de los impuestos. Dichas declaraciones juradas contendrán: datos identificatorios, materia imponible, determinación del impuesto y saldo a ingresar. La Versión 11.0 fue aprobada por la RG (AFIP)2770/2010.
Este procedimiento resulta muy practico teniendo en cuenta las modificaciones en la tasa de interés que sufrió la provincia de Buenos Aires a lo largo de los últimos años. | Deuda Actualizada (DA) = Deuda Original (DO) x Índice (Índice de actualización) |
|---|
Como todos los años, el 25 de marzo comienza a vencer la presentación de las Declaraciones Juradas anuales de Ingresos Brutos de la Pcia. de Bs. As., ya sea para contribuyentes mensuales o de ARBANET.
Debido a cambios de seguridad en los servidores, se han renovado los certificados digitales, por lo cual a partir del día 06 de Marzo de 2010, deberán OBLIGATORIAMENTE todos los contribuyentes actualizar el nuevo certificado.
Aunque el mail que envía la mesa de ayuda al realizar una consulta vía mail dice que es “momentáneo”, desde hace ya mas de 2 meses que AFIP no contesta las consultas vía mail.
Los estados contables de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, presentan obligatoriamente sus balances a través del aplicativo SITIGJ. | Infracción | Sanción |
|---|---|
| 1. Pagos de P. jurídicas a los socios o miembros del Directorio existiendo deudas de SUSS | Multa del 65% de la deuda |
| Si el empleador regularizo la deuda antes de inicio de inspección | Multa del 10% de la deuda |
| Si el empleador regularizo la deuda dentro del plazo que establece AFIP | Multa del 20% de la deuda |
| 2. Falta de inscripción como Empleador | Multa del 300% de los aportes y contribuciones omitidos |
| Luego de inscribirse como de empleador y antes de inspección | Multa se reduce a 1/5 de su valor |
| Dentro del plazo que establezca la AFIP | Multa se reduce a 1/3 de su valor |
| 3. Falta de denuncia de trabajadores en el F. 931 | Multa del 100% de los aportes y contribuciones omitidos |
| Incumplimiento a la retención de aportes | Multa del 100% de los aportes y contribuciones omitidos |
| Falta de denuncia del trabajador en el F. 931 durante toda la relación laboral | Multa del 200% de los aportes y contribuciones omitidos |
| Si regulariza su situación antes de una inspección | Corresponden multas por mora con reducción según corresponda |
| 4. Mora en el pago de aportes y contribuciones | |
| Mora de hasta 10 días | Multa de 0,10% del total omitido, por cada día de mora |
| Mora de entre 11 y 30 días | Multa del 5% del total omitido |
| Mora de entre 31 y 60 días | Multa del 10% del total omitido |
| Mora de entre 61 y 90 días | Multa del 20% del total omitido |
| Mora de más de 90 días | Multa del 30% del total omitido |
| Cuando el ingreso es posterior al vencimiento pero antes de intimación de AFIP | Multa se reduce a 1/5 de su valor |
| Cuando el ingreso se realiza dentro del plazo que fija AFIP en intimación | Multa se reduce a 1/3 de su valor |
| Si impugna el acta, desiste del recurso y regulariza antes de 1º resolución | Multa se reduce a 1/2 de su valor |
| Si consiente en forma expresa la 1º resolución dentro de 10 días y regulariza | Multa se reduce al 70% de su valor |
| 5. Incumplimientos a requerimientos formulados por la AFIP dentro del plazo fijado | Multa del 5% del total de remuneraciones - SAC y - Gratif. Ext. |
| 6. No tramitar en término la anulación del alta en Mi Simplificación | Multa del 1% del total de remuneraciones - SAC y - Gratif. Ext. |
| Cuando se hubiera tramitado la baja en el Registro antes que AFIP inicie inspección | Multa se reduce al 5% de su monto |
| Cuando se hubiera tramitado la baja en el Registro dentro del plazo estipulado por la AFIP | Multa se reduce al 10% de su monto |
| 7. Incumplimientos a la tramitación en término de la clave de alta temprana (CAT) | Multa del 1% del total de remuneraciones - SAC y - Gratif. Ext. |
| Si el empleador tramitó la CAT después de inicio de relación laboral y antes de inspección | Multa se reduce al 5% de su valor |
| Si el empleador tramita la CAT dentro del plazo estipulado en la intimación | Multa se reduce al 10% de su valor |
| 8. Falsa declaración o adulteración de datos por el cual se obtenga reducción de Cs. Ss. | Multa del 3% de las remuneraciones abonadas por el empleador |
| Si el empleador rectifica su declaración dentro del plazo que se establezca | Multa se reduce a 1/3 de su valor |
| 9. Presentación extemporánea de planillas o de DJ informativa del personal ocupado | Multa del 2% de remuneraciones omitidas - SAC y - Gratif. Ext. |
| Si el empleador regulariza su situación dentro del plazo que se indique | Multa se reduce a 1/3 de su valor |
| 10. No Archivar y mantener a disposición la documentación sobre las cargas de familia | Multa de 20 veces el importe de la asignación por hijo |
| 11. Falta de registracion de alta o baja de trabajadores en los plazos y condiciones de AFIP | Multa de 30 MOPRE |
| Falta de registración o inexistencia del libro especial de registración del personal | Multa de 5 MOPRE |
| Declaración errónea de los datos de un trabajador si no se subsana el error dentro de los plazos | Multa de 3 MOPRE |
| Si el empleador tiene más de 10 empleados o la infracción es de mas del 50% de los empleados | Multa se incrementa en un 100% |
| Si el empleador tiene más de 10 empleados y la infracción es de mas del 50% de los empleados | Multa se incrementa en un 400% |
| Si el empleador regulariza la situación antes de la audiencia de descargo en el proceso sumarial | La sanción se reduce a $ 300.- |
| 12. Las infracciones del punto 11. involucren al total de trabajadores y no se subsane antes de audiencia | Clausura de 5 días corridos |
| La reiteración de una misma infracción del punto 11. durante el mismo año calendario, si la otra esta firme | Clausura de 5 días corridos |
| Infracciones | Sanciones |
|---|---|
| 1. Falta de afiliación antes del plazo establecido en la intimación | Multa del 20% del importe de los aportes adeudados |
| 2. Mora en el pago de los aportes, cuando no regularice la situación dentro del plazo indicado | Multa del 5% del total de aportes adeudados. |
| AGENCIA | DIRECCION | TELEFONO | LOCALIDAD |
|---|---|---|---|
| AGENCIA 63 | Hipólito Yrigoyen 13160 | 4293-3257 / 3269 | Adrogué |
| AGENCIA 12 | Av. Mitre 607 | 4201-0391 / 6271 (Fax.) | Avellaneda |
| AGENCIA 100 | Las Heras 112/30 | 4224-2933 / 5966 | Bernal |
| AGENCIA 16 | Godoy Cruz 2066 P.B. | 4766-4658 / 5000 | Boulogne |
| AGENCIA 1 | Av. Cabildo 999 | 4706-5501 | CABA |
| AGENCIA 10 | Hipólito Yrigoyen 2251 - 1º y 3º Piso | 4959-7002 / 09 / 12 | CABA |
| AGENCIA 11 | Carlos Pellegrini 685 - P.B. - E.P. - 1º y 2º P. | 4326-2147 / 9334 | CABA |
| AGENCIA 2 | Av. de los Constituyentes 5833/35 | 4573-3170 | CABA |
| AGENCIA 4 | Av. Rivadavia 10910 - P.B. | 4641-2478 / 4644-1352 | CABA |
| AGENCIA 43 | Av. Rivadavia 2499 - 2º Piso | 4953-3508 | CABA |
| AGENCIA 46 | Castro Barros 767 | 4932-1183 / 1864 | CABA |
| AGENCIA 47 | Alvarez Jonte 2376 | 4582-0971 / 4584-6360 | CABA |
| AGENCIA 49 | Tte. Gral. Juan Domingo Perón 1378 | 4378-7730 / 7732 | CABA |
| AGENCIA 5 | Salta 1451 - 1º Piso | 4304-6868 / 1337 | CABA |
| AGENCIA 50 | Hipólito Yrigoyen 2251 - 1º y 3º Piso | 4959-7151 / 59 | CABA |
| AGENCIA 51 | Bartolomé Mitre 841 | 4328-4621 / 8491 | CABA |
| AGENCIA 6 | Luis María Campos 112 | 4773-1452 / 54 / 56 | CABA |
| AGENCIA 7 | Baldomero Fernández Moreno 1259 | 4433-3287 / 4431-8600 | CABA |
| AGENCIA 8 | Hipólito Yrigoyen 2251 - P.B. y 2º Piso | 4959-7064 / 7087 / 7091 | CABA |
| AGENCIA 9 | Rivadavia 1355 - P.B. - 1º y 2º Piso | 4124-6877 | CABA |
| AGENCIA 41 | 11 de Septiembre 4223 | 4573-3094 / 4574-4291 | CABA |
| AGENCIA 13 | Laprida 635/39 | 4292-7380 / 7384 (Fax.) | Lomas de Zamora |
| AGENCIA 64 | Pte. Illia (Ruta 8) 3988 - P.B. | 4451-8287 / 8271 | Los Polvorines |
| AGENCIA 14 | Nuestra Señora del Buen Viaje 751 | 4629-6255 / 5574 | Morón |
| AGENCIA 54 | Entre Ríos 2988 | 4441-6204 / 05 (Fax.) | San Justo |
| AGENCIA 15 | Yapeyú 2079 | 4755-1182 / 4754-2329 | San Martín |
| AGENCIA 66 | Av. Cazón 201 | 4731-1072 / 73 | Tigre |
| AGENCIA 56 | Av. Del Libertador 1436 | 4718-0061 | Vte. López |


Contadores en red esta inaugurando esta nueva sección de búsqueda de personal, los invito a enviar sus búsquedas a contadoresenred@live.com.ar .
A los 9 días del mes de Febrero 2010 el anticipo de ARBANET correspondiente al mes de Enero todavía no se encuentra disponible para bajar de la pagina Web de ARBA.
La version 1.0 Release 12 es de uso obligatorio para todas las Inscripciones (altas), Modificaciones de Datos y Ceses en el Impuesto realizadas por Contribuyentes Directos de la Provincia de Buenos Aires; al igual que para los agentes de recaudación de IIBB y de sellos.