viernes, 4 de marzo de 2011

UOM HOMOLOGO EL ACUERDO DE $ 800.- NO REMUNERATIVO. R. (ST) 128.

Finalmente salio la homologación del Acuerdo, tengan en cuenta que si bien ni FEDEHOGAR ni ADIMRA, suscribieron este acuerdo, en el mismo se aclara que:
“Los acuerdos se adoptarán con el consentimiento de los sectores representados.Cuando en el seno de la representación de una de las partes no hubiere unanimidad, prevalecerá la posición de la mayoría de sus integrantes”. Por lo cual, en principio yo interpreto que le corresponde a todo el personal que trabaja bajo el CCT 260/75, sin importar a que cámara este adherida.
Pueden bajar la Homologación desde ACA
Boletas de Depósito para Obra Social sobre Gratificación Extraordinaria.
El aporte y la contribución a la obra social sobre los $ 800.-, no debe abonarse a través del F. 931.
La UOM saco un aplicativo online, a través del cual las empresas deberán hacer el depósitos en el Banco Nación con la boleta que emite a tales fines.
Para utilizarlo la empresa debe cargar su CUIT sin guiones y el sistema lo chequea contra el padrón de Empresas. Si fuera una empresa que se encuentra en varias seccionales, se debe elegir la correcta.
Si la empresa es nueva y todavía no esta en el padrón, deberá cargar los datos a mano, cargando la seccional donde esta inscripta y el numero otorgado.
El porcentaje destinado al FSR (Fondo Solidario de Redistribución) ex ANSSAL quedará a cargo de OSUOMRA de integrarlo al mencionado fondo.
Quedan incluidos todos los trabajadores representados, SIN EXCLUSION de aquellos que hayan ejercido el derecho de opción.
Pueden acceder al aplicativo desde ACA

1 comentario:

Anónimo dijo...

los $ 800 son proporcionales por la fecha de ingreso o es puto a no tener en cuenta para el para de la misma